REEMPLAZA EL ARTICULO 8 DE LA LEY 17.646
Decreto ley Nº 172.- Santiago, 3 de Diciembre de 1973.- Visto: lo dispuesto en el decreto ley Nº 1, de Septiembre de 1973, y
Considerando: la necesidad de la Fuerza Aérea de Chile, especialmente de la Subsecretaría de Aviación, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Reemplázase el artículo 8 de la 1ey Nº 17.646, de 4 de mayo de 1972, por el siguiente:
"Artículo 8°.- El aumento de planta a que se refiere el artículo anterior, será considerado en forma gradual en un período de cuatro años, de acuerdo con el siguiente detalle:
1972 1973 1974 1975 Total
Jefes de Departamentos
(IV Categ.) 1 1 2
Administrativos (V Categ.) 1 1
Administrativos (Grado 1°) 2 1 3
Administrativos (Grado 4°) 1 2 2 2 7
Administrativos (Grado 6°) 2 1 3 2 8
Total 5 5 7 4 21."
Regístrese en la Contraloría General de la República, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial de la Fuerza Aérea de Chile, e insértese en la Recopilación oficial de la citada Contraloría General.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.- Lorenzo Gotuzzo Borlando, Contraalmirante, Ministro de Hacienda.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Vicente Rodríguez Bustos, Comandante de Grupo (A), Subsecretario de Aviación interino.