MODIFICA EL ARTICULO 1º DEL DECRETO LEY Nº 52, DE 1973
    Núm. 240.- Santiago, 31 de Diciembre de 1973.- La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente

    Decreto ley:

    Artículo único.- Modifícase, a contar desde el 1º de Enero de 1974, el artículo 1º del decreto ley Nº 52, de 1º de Octubre de 1973, en la siguiente forma:

    Donde dice:

    (Grado 4º)
    (Grado 6º)

    Debe decir:

    (Grado 5º)
    (Grado 7º)
    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese e insértese en la Recopilación Oficial de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros de Chile.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Ernesto Jobet Ojeda, Capitán de Navío, Subsecretario de Marina.