Artículo 16º: El monto y las condicioneDecreto 58 EXENTO,
TRABAJO
Art. segundo N°s 7 y 13
D.O. 22.08.2025s en que se otorgarán los beneficios señalados en el artículo anterior los establecerá anualmente el Consejo Administrativo y se informarán de acuerdo a lo indicado en el artículo 13°.
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Art. segundo N°s 7 y 13
D.O. 22.08.2025s en que se otorgarán los beneficios señalados en el artículo anterior los establecerá anualmente el Consejo Administrativo y se informarán de acuerdo a lo indicado en el artículo 13°.
Del mismo modo se establecerán los procedimientos para solicitar y otorgar dichos beneficios.