INCLUYE A LA ENTIDAD QUE SEÑALA EN EL DECRETO Nº 412, DE 1970, Y FACULTA AL MINISTRO DE ESA SECRETARIA DE ESTADO PARA QUE HAGA USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE EXPRESA
Núm. 55.- Santiago, 1° de Octubre de 1973.- Vistos:
1) Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 2, publicados en el Diario Oficial de 18 de Septiembre de 1973; lo establecido en las leyes Nos. 16.436 y 16.640, y el decreto supremo Nº 412, de 1970, expedido a través del Ministerio de Agricultura;
2) La necesidad de normalizar el funcionamiento de todos los organismos y demás entidades del sector agrícola, incluso aquellas personas jurídicas de derecho privado, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, en las cuales el Estado tenga aportes, interés o representación,
La Junta de Gobierno de la República de Chile acuerda dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo 1°.- Compleméntase el número primero del decreto supremo 412, de 1970, del Ministerio de Agricultura, incluyendo en el Sector Agrícola, a la entidad que se pasa a señalar:
"r) Sociedad Auxiliar de Cooperativas (SACOOP) ".
Artículo 2°.- Se faculta al Ministro de Agricultura para que, usando de la fórmula dispuesta en la ley 16.436, con la modalidad establecida en el Artículo 2º del decreto ley Nº 9, de 1973, proceda a nombrar delegados del Gobierno en cada una de las entidades señaladas en 1as letras h) a r), ambas inclusive, del N° 1° del decreto supremo 412, ya referido.
Artículo 3°.- El Ministro de Agricultura podrá disponer que el Delegado que nombre para cada entidad, actúe con todas las atribuciones que los respectivos estatutos confieren a los consejos directivos y demás autoridades de ella.
Artículo 4°.- Se faculta, además, a1 Ministro de Agricultura, para que, usando del mismo procedimiento indicado en el Artículo 2° de este decreto ley, pueda poner término al nombramiento de Delegado y, cuando lo estime conveniente, proceda, por sí solo, a la designación de nuevos consejeros y de las demás autoridades administrativas que, de acuerdo a los respectivos estatutos, sea necesario designar.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros e Investigaciones e insértese en Recopilación oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Sergio Crespo Montero, Ministro de Agricultura.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Julio Salas Romo, Subsecretario de Agricultura.