"Artículo 2º.- Si al cumplimiento del plazo señalado en el artículo anterior no se hubiere alcanzado un acuerdo entre las Partes, éstas convienen desde ya en que Chile, en virtud del presente Instrumento, se retira del Acuerdo de Cartagena, renunciando a todos sus derechos y cesando en todas sus obligaciones derivados de dicho Acuerdo, sus Protocolos, Decisiones y Resoluciones, a partir del treinta de Octubre de mil novecientos setenta y seis, excepto los derechos y obligaciones emanados de las Decisiones 40, 46, 56 y 94, los que permanecerán plenamente vigentes.
"En fe de lo cual, los Plenipotenciarios, habiendo depositado sus plenos poderes, que fueron hallados en buena y debida forma, firman el presente Protocolo en nombre de sus respectivos Gobiernos.
"Hecho en la ciudad de Lima, a los cinco días del mes de Octubre de mil novecientos setenta y seis.
"Por el Gobierno de Bolivia, Willy Vargas Vacaflor;
"Por el Gobierno de Colombia, Diego Moreno Jaramillo;
"Por el Gobierno de Chile, Sergio de Castro Spikula;
"Por el Gobierno de Ecuador, Ing. Galo Montaño;
"Por el Gobierno de Perú, Jorge Du Bois Gervasi;
"Por el Gobierno de Venezuela, Reinaldo Figueredo Planchart."