APRUEBA CONVENIO PARA LA PROTECCION DE LOS PRODUCTORES DE FONOGRAMAS CONTRA LA REPRODUCCION NO AUTORIZADA DE SUS FONOGRAMAS
Num. 1.566.- Santiago, 28 de Septiembre de 1976.- Vistos: Lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973; 247 y 527, de 1974, y 991, de 1976, y Considerando: La conveniencia de aprobar un Acuerdo Internacional que tiende a proteger tanto a los productores de fonogramas como a los artistas intérpretes o ejecutantes y autores cuyas interpretaciones y obras están grabadas en dichos fonogramas.
La Junta de Gobierno de la República ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo único.- Apruébase el Convenio para la protección de los Productores de Fonogramas, contra la Reproducción No Autorizada de sus Fonogramas, suscrito en Ginebra el 29 de Octubre de 1971.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Enrique Valdés Puga, Coronel de Ejército, Ministro de Relaciones Exteriores subrogante.- Arturo Troncoso Daroch, Contralmirante, Ministro de Educación Pública.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Enrique Valdés Puga, Coronel de Ejército, Subsecretario de Relaciones Exteriores.