Artículo 1º.- Facúltase a la I. Municipalidad de Las Condes para que done a la "Fundación Educacional Tabancura" el sitio Nº 23 del Plano de Loteo "L-D-37", aprobado por acuerdo municipal Nº 181, de 1º de Abril de 1973, para que lo destine a la construcción de un colegio de enseñanza básica y media y a seminario de perfeccionamiento del profesorado.