Segundo.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código de Procedimiento Civil:
Art. 88.- En el inciso final, se reemplaza "$ 150" por "$ 410".
Art. 118.- En el inciso segundo se reemplazan las cantidades "$ 50", "$ 40", "$ 30" y "$ 20", por "$ 140", "$ 110", "$ 80" y "$ 60", respectivamente.
Se sustituyen, además, en este artículo, "$ 10" y "$ 5", por "$ 30" y "$ 10", respectivamente.
Art. 165.- En la frase final del inciso segundo del Nº 4º se sustituyen "$ 15" y "$ 8", por "$ 40" y "$ 20".
Art. 445.- En el Nº 9, se reemplaza "$ 5.000" por "$ 13.720".
En el Nº 12, "$ 5.000", por "$ 13.720".
Art. 698.- En el inciso primero se reemplazan "$ 150" y "$ 3.000" por "$ 410" y "$ 8.230", respectivamente.
Art. 703.- Se reemplaza "$ 150" por "$ 410".
Art. 749.- Se reemplaza "$ 3.000" por "$ 8.230".
Art. 767.- En los incisos tercero, quinto y sexto, se reemplaza "$ 1.000", por "$2.740".
Art. 801.- En el inciso primero se reemplaza "$ 200" por "$ 550".
En el inciso cuarto se sustituye "$ 10" por "$ 30".