CREA JUNTA INSCRIPTORA EN TIERRAS BLANCAS, COMUNA DE COQUIMBO, IV REGION
Núm. O-131.- Santiago, 4 de abril de 2001.- Visto:
1.- La necesidad de permitir la inscripción electoral de las personas que no se encuentran inscritas o que han adquirido domicilio en el último tiempo en Tierras Blancas, pero que poseen inscripción electoral en otra localidad;
2.- Lo informado por Of. Ord. Nº 426, de fecha 2 de abril de 2001, de Sr. Director Regional IV Región; y 3.- Lo dispuesto en los artículos 13 y 93º letras i) y k) de la ley Nº 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.
R e s u e l v o:
1. Créase a contar del día 15 de mayo de 2001, en la comuna de Coquimbo una Junta Inscriptora permanente, que funcionará en la Circunscripción Electoral que se denominará "Tierras Blancas", la cual tendrá idéntico territorio jurisdiccional a las ya existentes, excepto el sector correspondiente a la circunscripción civil de Tongoy.
2. La actual Junta Inscriptora con sede Coquimbo conservará su territorio jurisdiccional exceptuándose de él aquel que comprenda a la nueva Junta Inscriptora.
3. La Junta Inscriptora que se crea funcionará los siete primeros días hábiles en período ordinario en los meses de junio, julio y agosto de cada año, y en los períodos extraordinarios que contempla la letra b) del inciso 1º del artículo 35 de la ley Nº 18.556.
NOTA:
La RES 220, Servicio Electoral, publicada el 16.02.2004, modifica, sólo para el año 2004, el período ordinario de funcionamiento de la Junta Inscriptora de Tierras Blancas, comuna de Coquimbo, IV Región, dispuesto en la presente norma, en el sentido que dicha junta inscriptora funcionará ordinariamente en los meses de marzo y abril del año 2004, sin perjuicio de los períodos extraordinarios que contempla la ley.
La RES 220, Servicio Electoral, publicada el 16.02.2004, modifica, sólo para el año 2004, el período ordinario de funcionamiento de la Junta Inscriptora de Tierras Blancas, comuna de Coquimbo, IV Región, dispuesto en la presente norma, en el sentido que dicha junta inscriptora funcionará ordinariamente en los meses de marzo y abril del año 2004, sin perjuicio de los períodos extraordinarios que contempla la ley.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Juan Ignacio García Rodríguez, Director.