EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 220 EXENTA, DE 2001
Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 220, de 16.02.2001, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al 1º Cuatrimestre de 2000, a la sociedad Santa Ignacia Limitada, RUT Nº 78.636.080-3, con domicilio en Román Díaz Nº 305, oficina 11, comuna de Providencia, Región Metropolitana, una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Alto Hospicio, I Región, con las características técnicas siguientes:
- Potencia máxima : 250 watts.
- Frecuencia : 90,7 MHz.
- Sistema radiante : Direccional con polarización
vertical, 2 antenas dipolo con
panel reflector, con un tilt
eléctrico de 23° bajo la
horizontal, de 9,6 dBd de
ganancia máxima y -5,5 dBd de
ganancia en el plano
horizontal, con un azimut de
radiación máxima en 0°, y una
altura del centro de radiación
de 24 m, montado sobre una
torre de 30 m de altura.
- Diagrama de radiación horizontal, de acuerdo a la siguiente tabla:
NOTA: VER TABLA EN DIARIO OFICIAL DE 12.04.2001. PAGINA 16
- Ubicación del estudio,
planta transmisora y
sistema radiante : Morro Tarapacá s/nº, Iquique,
I Región.
- Coordenadas geográficas: 20°20'53" Latitud Sur
70°06'24" Longitud Oeste.
Los plazos serán los que se indican a continuación:
Inicio de Obras: 5 días; Término de Obras: 30 días; Inicio de Servicio: 60 días.
Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión.
La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A de la Ley Nº 18.168 (Ley General de Telecomunicaciones), a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 220 de 16.02.2001, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.
Subsecretario de Telecomunicaciones.