MODIFICA DECRETO LEY N° 996, DE 1975, EN LA FORMA QUE INDICA
Santiago, 18 de Agosto de 1975.- La Honorable Junta de Gobierno ha acordado dictar hoy lo siguiente:
Núm. 1.143.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes 1 y 128, ambos de 1973, y 527, de 1974, y
Teniendo presente:
Que la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI) tiene a su cargo la ejecución de un programa de adquisición de mediaguas, urbanizaciones mínimas, redes de electricidad y agua potable, teléfonos poblacionales, ripiados de calles y pasajes, a nivel nacional, y otras obras de emergencia;
Que se hace necesario proveer de más recursos durante lo que resta de 1975 a la mencionada ONEMI para que pueda dar cumplimiento a las misiones encomendadas.
La Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente
Decreto Ley
Artículo único.- Modificase el decreto ley N° 996, de 21/4/1975, publicado en el Diario Oficial el 26/4/1975, en el sentido que el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo deberá destinar a la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior hasta la suma de E° 2.000 millones en vez de E° 1.000 millones como se expresa en el artículo 1° del mencionado decreto ley.
Anótese, regístrese en la Contraloría General de la República, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE. General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Raúl Benavides Escobar, General de División, Ministro del Interior, Jorge Cauas Lama, Ministro de Hacienda.- Carlos Granifo Harms, Ministro de la Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento. Saluda atentamente a U. Enrique Montero Marx, Subsecretario del Interior.