CREA COMISION ASESORA NACIONAL DE PATRIMONIO CULTURAL ORAL E INTANGIBLE

    Núm. 124 exento.- Santiago, 3 de abril de 2001.- Considerando:
    Que, por mandato constitucional y legal, constituye un deber del Estado estimular el desarrollo cultural, la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación.
    Que, la Unesco ha convocado a los países miembros para presentar candidaturas de sus obras para ser proclamadas como "Obras maestras del patrimonio oral e inmaterial de la Humanidad".
    Que, la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos ha acogido la invitación realizada por la Unesco para presentar las candidaturas de las obras nacionales, para lo cual es necesario contar con un grupo de expertos que puedan realizar la identificación de las obras y obtener el apoyo y compromiso local y nacional para las presentaciones.
    Que, para estos efectos se consideran como "Obras maestras del patrimonio oral e inmaterial de la Humanidad" el conjunto de creaciones emanadas de la comunidad cultural fundadas en la tradición, expresadas por uno o varios individuos y reconocidos por su comunidad como expresión de su identidad cultural y social. Estas formas comprenden, entre otras, la lengua, la literatura, la música, la danza, los juegos, la mitología, los ritos, las costumbres, el quehacer del artesano; y,

    Visto: Lo dispuesto  en la ley Nº 18.956, DFL Nº 5.200 de 1929 y sus modificaciones; decreto supremo del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Nº 19 de 2001; resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República y en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile,
    D e c r e t o:

    Artículo 1º.- Créase la Comisión Asesora Nacional de Patrimonio Cultural Oral e Intangible, con sede en la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, cuya función será asesorar al Ministerio de Educación, en las siguientes materias:

a)  Proponer la organización de un trabajo nacional para la protección, valorización y revitalización de los espacios culturales o las formas de expresiones culturales del patrimonio oral e intangible del país.
b)  Identificar y proponer alguna obra a la Lista del Patrimonio Mundial Oral e Intangible, respetando los criterios entregados por Unesco.
c)  Proponer obras del patrimonio cultural oral e intangible, a un Registro Nacional de Obras de Patrimonio Cultural Oral e Intangible, definiendo las características de dicho Registro.
d)  Difundir en las diversas regiones del país, el trabajo ya realizado para la valorización, preservación y conservación del patrimonio cultural oral e intangible del país.

    Artículo 2º.- La Comisión estará integrada por las siguientes personas:

a)  Un Coordinador Nacional de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, designado por su Directora, quien la presidirá.
b)  Un representante del Archivo de Literatura Oral y Tradiciones Populares de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, designado por su Directora.
c)  Un representante de la División de Extensión Cultural, del Ministerio de Educación, designado por el jefe de la División.
d)  Un consejero del Consejo de Monumentos Nacionales, designado por el Presidente(a) de dicho Consejo.
e)  Don Claudio Mercado Muñoz, arqueólogo y musicólogo, del Museo de Arte Precolombino.
f)  Don Maximiliano Salinas Campos, historiador, de la Universidad de Santiago de Chile.
g)  Don Fidel Sepúlveda Llanos, investigador, Pontificia Universidad Católica de Chile.
h)  Don Víctor Rondón Sepúlveda, investigador, de la Universidad de Chile.
i)  Doña Sonia Montesino Aguirre, antropóloga, de la Universidad de Chile.

    Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión podrá invitar a sus sesiones a expertos, investigadores, profesores, etc. si lo estimare conveniente para su buen cometido.

    Artículo 3º.- La Comisión que se crea por el presente decreto será de duración indefinida y deberá elaborar un informe anual de sus actividades.
    Artículo 4º.- La Comisión dictará, en su primera sesión, un reglamento interno de funcionamiento.
    Artículo 5º.- Los miembros de la Comisión desempeñarán sus funciones ad honorem.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Mariana Aylwin Oyarzún, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Patricio Vilaplana Barberis, Subsecretario de Educación (S).