MODIFICA EL DECRETO Nº 2.223, DE 9 DE SEPTIEMBRE DE 1966
    SANTIAGO, 13 de Septiembre de 1968.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Nº 1668.- Vistos: el Acuerdo Nº 311 adoptado por la H. Junta Directiva del Consejo Nacional de Menores en Sesión Ordinaria Nº 37 de 6 de agosto del presente año, comunicado al Ministerio de Justicia por Oficio Nº 413 de 28 del mismo mes y la facultad que me confiere el artículo 72 Nº 2 de la Constitución Política del Estado,
    DECRETO:

    Agrégase el siguiente inciso a la letra b) del
artículo 4º, del Decreto de Justicia Nº 2.223 de 9 de septiembre de 1966 que reglamenta el inciso 1º. del artículo 16 de la Ley Nº 16.520 cuyo texto definitivo fue fijado por el artículo 72 de la Ley Nº 16.618:
    Exceptúanse de lo dispuesto en la letra b) las adquisiciones de maquinaria y equipos de operaciones auxiliares y muebles de servicio que se hagan con cargo al Presupuesto de Capital, las cuales se harán con arreglo a lo dispuesto en la letra a) precedente.
    Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la Recopilación que corresponda de la Contraloría General de la República.- EDUARDO FREI MONTALVA.- JAIME CASTILLO VELASCO.
    Lo digo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Alejandro González Poblete, Subsecretario de Justicia.