Artículo 32.- La licitación se adjudicará evaluando las ofertas técnicamente aceptables atendiendo, a lo menos, a los siguientes factores:

    a) Estructura de comisiones;
    b) Forma de reajuste de las comisiones, y c) Calificación técnica para la prestación del servicio.

    La definición de estos factores y su forma de aplicación para adjudicar la prestación del servicio serán establecidas en las respectivas Bases de Licitación.