Undécimo: Para ser representante o delegado de una Federación se requiere ser ciudadano chileno o extranjero residente en Chile por más de diez años, mayor de edad y gozar de conducta y honorabilidad intachables, calificadas previamente por la Comisión Jurídica y aprobadas por el Consejo. Estos delegados durarán indefinidamente en sus cargos mientras la Federación que representan no designe a otro en su reemplazo, o el Consejo, a propuesta de la Comisión Jurídica, disponga su inhabilidad por haber perdido uno o más de los requisitos señalados en el inciso anterior. Participarán en las sesiones del Consejo con derecho a voz y voto, salvo que a ellas concurra el respectivo Presidente, debidamente acreditado como tal, en cuyo caso a él corresponderá ejercer la plenitud de dichos derechos. Para el caso del representante en Chile del C.O.I., se requiere de la comunicación oficial de esta entidad que así lo designe.