CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON FEDERICO REBOLLEDO E.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
"Artículo único. Concédese, por gracia, a don Federico Rebolledo Espinoza, una pensión de $ 30.000 mensuales.
El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."
Y por cuanto se encuentra vencido el plazo de treinta días que se contempla en el artículo 55 de la Constitución Política del Estado; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a diecisiete de Noviembre de mil novecientos cincuenta y nueve. JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ. Roberto Vergara H.