MODIFICA DECRETO N° 466, DE 1992 Santiago, 16 de Diciembre de 1993.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.937.- Vistos: Lo dispuesto en las respectivas Leyes Anuales de Presupuesto para el Sector Público, en los Decretos Supremos N°24, de 1980, N°660 de 1981 y N°637 de 1982 y sus modificaciones, Reglamentario del Fondo Social, todos del Ministerio del Interior; lo preceptuado en el Artículo 4° del Decreto Ley N° 1.367 de 1976, cuyo inciso 3° fue modificado por el Artículo 29° de la Ley N°18.482, lo previsto en el Artículo 74° de la Ley N° 18.382 y en el Decreto Supremo N°466, de 1992, modificado por el Decreto N°1.637, de 1992, y por el Decreto N°931, de 1993, todos del Ministerio del Interior, y en el Artículo 32° N°8 de la Constitución Política de la República de Chile.
Decreto:
Modifícase, el Decreto Supremo N°466, del 28 de Abril de 1992, del Ministerio del Interior, modificado a su vez por el D.S. N° 1.637 de 1992, y N°931 de 1993, del mismo Ministerio, que reglamenta el sistema de renegociación y de subvención para deudas provenientes de precios o saldos de precios de ventas o asignaciones de viviendas o infraestructura sanitarias, adquiridas o construidas con recursos del Fondo Social Presidente de la República y del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), en el siguiente sentido:
En el Artículo 9° reemplázase la frase "30 de diciembre de 1993", por "30 de junio de 1994".
Anótese, tómese razón y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.