Artículo 21.- La Junta Calificadora estará integrada por los cinco trabajadores de más alto nivel jerárquico de la institución, con excepción del Jefe Superior del Establecimiento, por un delegado del personal, elegido por los trabajadores, todos con derecho a voz y voto y por un representante de la asociación de funcionarios de mayor representatividad con derecho a voz.