DESIGNA ADMINISTRADORA DE LA ESCUELA DIFERENCIAL ACUM ARCO IRIS, DE SAN FERNANDO, DE CONFORMIDAD ARTICULO 11 DEL DECRETO Nº 8.143, DE 1980
Núm. 8.249 exenta.- Santiago, 16 de julio de 2001.- Considerando:
Que por resolución exenta Nº 1.343 de 9 de julio de 2001, la Secretaría Ministerial de Educación de la Sexta Región, dejó sin efecto la calidad de sostenedora de la Escuela Diferencial Acum Arco Iris de San Fernando, a la Sociedad Complejo Educacional Acum Arco Iris Ltda., representada legalmente por doña Lucía del Carmen Pérez Espina y doña Ruth Carlina Ramírez Mora, la que le fuera otorgada por resolución exenta 451 de 5 de abril de 1999, modificada por resolución exenta Nº 539 de 15 de abril de 1999, ambas de la Secretaría Ministerial de Educación de la Sexta Región.
Que para asegurar la continuidad del servicio educacional hasta el término del año escolar 2001, es indispensable designar un administrador para finalizar el período que resta al referido año escolar.
Que esta medida permitirá el normal desarrollo de las actividades escolares en el establecimiento, facilitando que los alumnos continúen sus estudios en forma normal.
Visto: Lo dispuesto en la resolución exenta Nº 1.343 de 9 de julio del año 2001 de la Secretaría Ministerial de Educación de la Sexta Región, en el artículo 2º del D.F.L. Nº 2 de 1998; artículo 11 del decreto supremo de Educación Nº 8.143, de 1980, modificado por decretos supremos de Educación Nºs 631 de 1985, 441 de 1991 y 848 de 1993; el artículo 6º del decreto supremo Nº 8.144 de 1980; resolución Nº 520 de la Contraloría General de la República, de 1996, y sus modificaciones; y en el oficio Nº 998 de 13 de junio de 2001 de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Sexta Región,
R e s u e l v o:
Artículo 1º: Desígnase a doña Marta I. Gajardo Rodríguez, Rut Nº 7.327.067-7, jefe de la Unidad de Subvención del Departamento Provincial de Educación de Colchagua, San Fernando, como administradora de la Escuela Diferencial Acum Arco Iris de San Fernando, RBD Nº 15.645-0, ubicada en la comuna de San Fernando, provincia de Colchagua, de la VI Región del Libertador General don Bernardo O'Higgins Riquelme, hasta el 28 de febrero de 2002.
La funcionaria designada administradora tendrá las facultades dispuestas en el artículo 2132 del Código Civil, especialmente la de percibir la subvención que corresponda al citado establecimiento educacional.
Artículo 2º: Por razones urgentes la administradora designada asumirá inmediatamente sus funciones sin esperar la total tramitación de la presente resolución.
Anótese, comuníquese y publíquese.- José Weinstein Cayuela, Subsecretario de Educación.