Artículo 35.- Los montos que a partir del año 2009LEY 20320
Art. 2º
D.O. 31.12.2008 pague la concesionaria de la Zona Franca de Punta Arenas, en virtud de lo que dispone el contrato de concesión firmado entre las partes, cederán en beneficio del Gobierno Regional de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, los que serán incorporados en la Ley de Presupuestos, Partida 05, Capítulo 72, Programa 02, Inversión Regional Región XII.
Art. 2º
D.O. 31.12.2008 pague la concesionaria de la Zona Franca de Punta Arenas, en virtud de lo que dispone el contrato de concesión firmado entre las partes, cederán en beneficio del Gobierno Regional de la Región de Magallanes y la Antártica Chilena, los que serán incorporados en la Ley de Presupuestos, Partida 05, Capítulo 72, Programa 02, Inversión Regional Región XII.