Artículo 5º.- El mayor gasto de Eº 723.213,- que significa la aplicación de este decreto con fuerza de ley se imputará a los ítem 12/03/01.002; 12/03/01.003, 12/03/01.004, en las sumas de Eº 172.128, Eº 429.495, y Eº 121.590, respectivamente, del presupuesto corriente en moneda nacional de la Secretaría y Administración General de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.