OTORGA CALIDAD DE POSEEDORES REGULARES DE INMUEBLES UBICADOS EN ISLA DE PASCUA, A DON JACOBO ESTEBAN PATE HEY Y OTROS
Núm. 429.- Santiago, 29 de diciembre de 2000.- Vistos: estos antecedentes; lo informado por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la V Región de Valparaíso por oficio Nº 6.393 de 20 de diciembre de 2000, y las autorizaciones otorgadas por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado mediante oficio que se adjunta;
Teniendo presente: Lo dispuesto en la ley 19.253; en los artículos 7º y siguientes del D.L. Nº 2.885, de 1979, y sus modificaciones; el D.R. Nº 269, de 1980; en el D.L. Nº 1.939, de 1977; y en la ley 17.288,
D e c r e t o:
Otórgase a las personas que más adelante se señalan, chilenos, pertenecientes a la etnia rapa nui, la calidad de poseedores regulares de los inmuebles fiscales que en cada caso se indican, ubicados todos en el sector urbano de la comuna y provincia de Isla de Pascua, V Región de Valparaíso, inscritos a nombre del Fisco, en mayor cabida, a fojas 1 Nº 1 del Registro de Propiedad del año 1966 del Conservador de Bienes Raíces de Isla de Pascua, con las superficies, planos y deslindes particulares que se señalan:
1. Jacobo Esteban Paté Hey, RUN 9.016.906-8, parte del sitio Nº 1, de la manzana Nº 44 (lote 1-a), de Hanga Roa, individualizada en el plano Nº V-2-665-SU, de una superficie de 2.500,00 m², y los siguientes deslindes:
Norte: María Paté Ñarez, sitio 2, manzana 44, en
línea quebrada de seis parcialidades de
27,50 m; 20,00 m; 19,00 m; 13,00 m; 1,00 m
y 21,00 m.
Este: Jacinto Paté Ñarez, parte sitio 3, manzana
44, en línea recta de 22,00 m, separado
por pirca.
Sur: Lote 1-b, de José Sergio Paté Hey, en línea
recta de 104,50 m.
Oeste: Callejón de acceso, en línea quebrada de
dos parcialidades de 18,00 m y 13,30 m,
que lo separa de Alberto Pacomio, parte
sitios 5 y 6, manzana 36.
2. Erna Jovita Paté Hey, RUN 7.442.385-K, parte del sitio Nº 1, de la manzana Nº 44 (lote 1-c), de Hanga Roa, individualizado en el plano Nº V-2-665-SU, de una superficie de 2.388,00 m², y los siguientes deslindes:
Norte: Lote 1-b, de José Sergio Paté Hey, en línea
recta de 88,00 m.
Este: Jacinto Paté Ñarez, parte sitio 3, manzana
44, en línea recta de 26,00 m, separado por
pirca.
Sur: Lote 1-d, resto sitio 1, manzana 44, en
línea recta de 92,00 m.
Oeste: Callejón de acceso, en línea quebrada de
tres parcialidades, de 12,00 m; 14,00 m y
8,50 m, que lo separa del sitio 8, manzana
36, y de Alberto Pacomio, parte sitios 5 y
6, manzana 36.
3. Leticia María Fátima Paté Hey, RUN 10.510.337-9, parte del sitio Nº 1, de la manzana Nº 44 (lote 1-f), de Hanga Roa, individualizado en el plano Nº V-2-665- SU, de una superficie de 2.970,00 m², y los siguientes deslindes:
Norte: Callejón de acceso, en línea recta de
88,00 m, que lo separa del lote 1-e, resto
sitio 1, manzana 44.
Este: Mariana Paté Ñarez, parte parcela 108, en
línea sinuosa de 18,00 m, separado por
pirca.
Sur: Parte sitio 8, manzana 34, en línea sinuosa
de 90,00 m, separado por pirca.
Oeste: Parte sitio 4, manzana 35, en línea
quebrada de 17,00 m y 29,00 m, separado
por pirca.
4. Regina Hito Atamu, RUN 5.988.891-4, parte del sitio Nº 1, de la manzana Nº 9 (sitio b), de Hanga Roa, individualizado en el plano Nº V-2-628-SU, de una superficie de 629,00 m², y los siguientes deslindes:
Noreste: Sitio a, de Silvia Hito Atam, en 20,80 m,
separado por cerco.
Sureste: Callejón de acceso, en 26,80 m, que lo
separa de parte del sitio 1 y de propiedad
de Luz Marina Guzmán Hito.
Suroeste: Calle Pont, en 25,30 m, separado por cerco.
Noroeste: Parte sitio 1, en 28,10 m, separado por
cerco.
5. Alicia Clementina Tepano Tuke, RUN 8.649.107-9, parte del sitio Nº 1 (lote 1-b), de la manzana Nº 36, de Hanga Roa, individualizado en el plano Nº V-2-682- SU, de una superficie de 676,80 m², y los siguientes deslindes:
Noreste: Parte sitio 1, en línea recta de 25,20 m,
separado por cerco.
Sureste: Parte sitio 1, en línea recta de 31,40 m,
separado por cerco.
Suroeste: Calle Tu'u Ko Ihu, en línea recta de 23,00
m.
Noroeste: Parte lote 1-a, de Corina Tepano Tuke, en
línea recta de 25,40 m, separado por cerco.
6. Ana Chávez Ika, RUN 6.922.782-1, parte del sitio Nº 4, de la manzana Nº 21, de Hanga Roa, individualizado en el plano Nº V-2-664-SU, de una superficie de 700,00 m², y los siguientes deslindes:
Norte: Atariki Ika Pizarro, en línea recta de
35,00 m, separado por cerco.
Este: Calle Atamu Tekena, en línea recta de
20,00 m.
Sur: María Luisa Ika Nahoe, en línea recta de
35,00 m, separado por cerco.
Oeste: Jimena Pont Ika, parte sitio 4, en línea
recta de 20,00 m.
7. Abelina Imelda Chávez Ika, RUN 9.544.954-9, parte del sitio Nº 5, de la manzana Nº 37, de Hanga Roa, individualizado en el plano Nº V-2-663-SU, de una superficie de 747,70 m², y los siguientes deslindes:
Norte: Calle Ara Roa Rakei, en línea recta de
32,20 m, separado por pirca.
Este: Resto sitio 5, en línea recta de 41,00 m,
separado por cerco.
Sur: Resto sitio 5, en línea recta de 25,00 m,
separado por pirca.
Oeste: Resto sitio 5, en línea quebrada de dos
parcialidades de 17,00 m y 5,00 m, separado
por pirca.
8. Pamela Inés Riroroko Campos, RUN 15.486.019-3, parte del sitio Nº 1, de la manzana Nº 41, de Hanga Roa, individualizado en el plano Nº V-2-510-SU, de una superficie de 663,48 m², y los siguientes deslindes:
Norte: Elena Riroroko Campos, en 26,30 m.
Este: Parte del terreno de Andrés Pakomio, en
24,25 m.
Sur: Calle Puku Rangi Uka, en 24,80 m.
Oeste: Irma Riroroko Paoa, en 28,00 m.
9. María Clara Chávez Tuki, RUN 8.960.566-0, parte de los sitios Nº 3, 4 y 5, de la manzana Nº 9 (sitio b), de Hanga Roa, individualizado en el plano Nº V-2-626- SU, de una superficie de 922,00 m², y los siguientes deslindes:
Noreste: Parte sitios 3 y 4, manzana 9, en 38,10 m,
separado por cerco.
Sureste: Calle Policarpo Toro, en 24,70 m, separado
por cerco.
Suroeste: Parte sitio a, de Luis Andrés Chávez Tuki,
en 38,20 m, separado por cerco.
Noroeste: Parte sitio a, de Luis Andrés Chávez Tuki,
en 23,20 m, separado por cerco.
10. Juan Daniel Pacomio, RUN 9.566.685-K, parte sitio Nº 8, de la manzana Nº 41 (lote 8-b), de Hanga Roa, individualizado en el plano Nº V-2-662-SU, de una superficie de 10.977,00 m², y los siguientes deslindes:
Norte: Parte sitio Nº 7, en línea recta de
84,00 m.
Este: Margarita Pakarati Teao, parte sitio 8,
en línea recta de 125,00 m.
Sur: Ara Puku Rangi Uka, en línea recta de
99,00 m.
Oeste: Pasaje de acceso, en línea quebrada de dos
parcialidades de 46,00 y 35,00 m, que lo
separa de Recinto Fiscal (agua potable);
lote 8-a, en línea quebrada de tres
parcialidades de 19,00 m, 20,00 m y 23,00
m, y Recinto Fiscal (agua potable), en
línea recta de 25,50 m.
Los terrenos antes señalados, por exigirlo el interés nacional, gozarán de la protección de la ley 19.253 y no podrán ser enajenados, embargados, gravados ni adquiridos por prescripción, salvo entre comunidades o personas indígenas de la etnia rapa nui, con las excepciones legales que rigen la materia, y sin perjuicio de la aplicación de las demás disposiciones atingentes a esa ley.
Se prohíbe la división del terreno sin la autorización del Ministerio de Bienes Nacionales. Esta sólo podrá otorgarse previo informe de la Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua. El Conservador de Bienes Raíces de Isla de Pascua no inscribirá la escritura pública que contenga la división sin que en ella conste la respectiva autorización.
Las personas antes señaladas quedan sometidas al resguardo del valor arqueológico previsto en la ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales.
Los beneficiarios, de acuerdo a lo manifestado por la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, deberán ajustarse a las normas, preceptos, prohibiciones y limitaciones contenidas en las leyes y reglamentos que rigen a las zonas fronterizas del país debiendo, además, aceptar el uso total o parcial del terreno, de acuerdo a las directivas que formula la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, respecto de medidas generales o especiales tendientes a consolidar la política territorial del Supremo Gobierno.
Deberá darse cumplimiento a lo establecido en el artículo 11º del D.L. 2.885 de 1979 y enviarse copia de la inscripción practicada al Registro Público de Tierras Indígenas.
Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese, archívese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Jaime Ravinet de la Fuente, Ministro de Bienes Nacionales.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Paulina Saball Astaburuaga, Subsecretaria de Bienes Nacionales.