MODIFICA DECRETO MOP Nº 1.340, DE 1965, ESTABLECIENDO NUEVOS MONTOS MAXIMOS DE LOS PRESUPUESTOS OFICIALES EN RELACION A LA CLASIFICACION DE LOS CONTRATISTAS EN LAS DISTINTAS CATEGORIAS DEL REGISTRO GENERAL DE CONTRATISTAS. OTRAS MODIFICACIONES
Santiago, 7 de Noviembre de 1975.- El Presidente de la República decretó hoy lo que sigue:
Núm. 1.191.- Vistos: Los decretos leyes Nos 1 y 123, de 1973; el decreto ley número 527, de 1974; el Art. 5º letra g), de la ley número 15.840, y
Considerando:
Que la variación de los costos de la construcción ha sido considerable desde que se dictó el decreto MOP Nº 1.340, de 1965, lo que hace aconsejable actualizar los montos máximos de los presupuestos oficiales en lo que se refiere a la clasificación de los contratistas en las distintas categorías del Registro General de Contratistas y otras disposiciones expresadas en sueldos vitales;
Que se ha estimado conveniente posibilitar la inscripción de cooperativas, que de acuerdo a su objeto se dediquen a la construcción de obras de ingeniería o arquitectura, en el Registro General de Contratistas del Ministerio de Obras Públicas,
Decreto:
1º.- Reemplázanse por el valor que resulte de multiplicarlos por seis (6) todos los valores expresados en sueldos vitales anuales y mensuales que figuran en las siguientes disposiciones del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por decreto MOP Nº 1.340, de 1965:
a) Los cuadros que aparecen en los artículos 6º y 9º;
b) El inciso 2º del Art. 42º;
c) El inciso 2º del Art. 63º;
d) El Art. 69º, y
e) El inciso 1º del Art. 111º.
2º.- Agrégase como inciso final del Art. 9º del citado Reglamento, modificado por el decreto número 139, de 6 de Febrero de 1967, del Ministerio de Obras Públicas, el siguiente:
"Además, podrán inscribirse en los Registros y categorías señalados en el inciso anterior, las cooperativas que tengan por objeto la construcción de obras de ingeniería o arquitectura, siempre que por lo menos dos de sus Consejeros en el Consejo de Administración, sean Ingenieros o Arquitectos, según la especialidad a cuya inscripción opten."
Anótese, tómese razón, comuníquese e insértese en la Recopilación de Reglamentos de la Contraloría General de la República y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Hugo León Puelma, Ministro de Obras Públicas.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Simón Figueroa Martínez, Subsecretario de Obras Públicas.