ACLARA RESUELVO Nº 5 DE RESOLUCION Nº 658, DE 2001
Temuco, 4 de septiembre de 2001.- Con esta fecha se ha dictado la siguiente:
Núm. 719 exenta.- Vistos:
1.- El DS Nº 62 (V. y U.), de 1984, el DS Nº 140 (V. y U.), de 1990, la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y el DS Nº 116 (V. y U.), de 2000, que designa a la infrascrita en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo en la IX Región.
2.- La resolución (E) Nº 658, de fecha 21 de agosto de 2001, de esta Secretaría Ministerial que dispuso el Segundo Llamado a Postulación del año 2001, del Sistema V.B.P.
Considerando: Que se hace necesario aclarar el resuelvo Nº 5 de la resolución Nº 658, de fecha 21/08/2001, respecto de la fecha en que debe estar enterado el ahorro en la Libreta de Ahorro para la Vivienda.
R e s u e l v o:
Aclárase el resuelvo Nº 5 de la resolución Nº 658, de fecha 21/08/2001, de esta Secretaría Ministerial, de manera de entender que el ahorro debe estar enterado en la Libreta de Ahorro para la Vivienda al día 31 de agosto del año 2001, dicha fecha inclusive y a la que se referirá dicha información.
Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y en un periódico de circulación regional y archívese.- Viviana Hernández Pérez, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo IX Región.