MODIFICA RESOLUCION Nº 282 EXENTA, DE 2000, QUE FIJA FECHA DE CUMPLIMIENTO ART. 45º DEL DECRETO 212, DE 1992
Núm. 310 exenta.- Copiapó, 10 de agosto de 2001.- Vistos: El Art. 45º del decreto supremo Nº 212/92 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, y la resolución exenta Nº 282/2000 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Atacama, publicada en el Diario Oficial el 7.10.2000,
R e s u e l v o:
1.- Sustitúyese la letra a) del único numeral 1º, de la resolución exenta Nº 282/2000, por el siguiente:
"a) Para los servicios inscritos al 15 de agosto de 2000, en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Público de Pasajeros de la III Región, el 15 de agosto del 2002.".
Anótese, comuníquese y publíquese.- Raúl Moisés Illanes Rojas, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama.