ALey 21440
Art. 1
D.O. 12.04.2022
rtículo 46 G.- Portal de donaciones. La Secretaría Técnica administrará un portal digital de libre acceso al público que mantendrá actualizada la siguiente información:
     
    1. La nómina de las entidades inscritas en el registro con el detalle de quiénes son sus asociados o socios fundadores, directores, los estados financieros y los estatutos con sus modificaciones.
    2. La nómina histórica de las donaciones recibidas por las entidades inscritas en el registro, con indicación de su fecha, monto y si provienen desde el exterior.
    3. Los reportes anuales presentados por las entidades inscritas en el registro de acuerdo con lo indicado en el artículo siguiente.
    4. Toda otra información que señale la ley o el reglamento a que hace referencia el artículo 46 A.
     
    Dicho reglamento establecerá el funcionamiento de este Portal.