CONCEDE PENSION, POR GRACIA, AL SEÑOR ROBERTO DEL CARMEN GONZALEZ TRONCOSO
    Santiago, 9 de Agosto de 1995.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 2.393.- Visto: Lo dispuesto en el Art. 32 N° 13, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley N° 18.056, el Informe favorable emitido en reunión de fecha 30 de Junio de 1995, de la Comisión Especial, creada por Decreto Supremo N° 1.928, de 1981, de Interior, y
    Considerando: Que don Roberto del Carmen González Troncoso, se encuentra en la situación prevista por el Art. 6°, de la Ley N° 18.056, la que ha sido debidamente calificada y en uso de la facultad privativa que la disposición citada me confiere,
    Decreto:

    Artículo único.- Concédese, por Gracia, a don Roberto del Carmen González Troncoso, una pensión equivalente al 50% de un ingreso mínimo mensual, hasta los 24 años de edad, debiendo considerarse que el monto del ingreso mínimo para estos efectos, es aquel a que hace referencia el inciso 1° del artículo 5 de la Ley N° 18.647, que se emplea para fines no remuneracionales.
    El gasto que demande el presente Decreto Supremo, se imputará al Item "Jubilaciones, Pensiones y Montepíos", del Programa Operaciones Complementarias del Presupuesto vigente del Tesoro Público.

    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Carlos Figueroa Serrano, Ministro del Interior.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud., Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.