Decreto 11,
RELACIONES EXTERIORES
Art. ÚNICO Nº 7
D.O. 16.09.2013 Artículo 10° El Coordinador del Centro de Publicaciones compuesto de Apuntes Internacionales y Revista Diplomacia, será un profesional universitario del área de las comunicaciones, funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores, y le corresponderá especialmente:
RELACIONES EXTERIORES
Art. ÚNICO Nº 7
D.O. 16.09.2013 Artículo 10° El Coordinador del Centro de Publicaciones compuesto de Apuntes Internacionales y Revista Diplomacia, será un profesional universitario del área de las comunicaciones, funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores, y le corresponderá especialmente:
a) Coordinar las actividades del Centro de Publicaciones;
b) Editar la Revista Diplomacia y seleccionar la información que se publique en el sitio web Apuntes Internacionales y en todo otro medio de difusión en relación a la Academia Diplomática, previa autorización de la Dirección;
c) Gestionar el funcionamiento del Centro de Publicaciones;
d) Realizar acciones de difusión del trabajo realizado en Apuntes Internacionales y la Revista Diplomacia;
e) Participar en todas las instancias en que esté involucrado el sitio web Apuntes Internacionales y la Revista Diplomacia.