Artículo 16° La Biblioteca del Ministerio de Relaciones Exteriores dependerá del Subdirector de la Academia.
Su labor consistirá en proporcionar a los funcionarios y a los alumnos las fuentes de consulta necesarias para llevar a cabo sus actividades. Para ello, la Biblioteca deberá adquirir permanentemente las últimas publicaciones sobre temas internacionales y de actualidad en Chile y en el exterior.