COMPLEMENTA LA LEY N.o 5,055, QUE ESTABLECE LA DISTRIBUCION DE LA CONCESION DEL 15% SOBRE EL VALOR DE LAS APUESTAS MUTUAS QUE COBRAN LOS HIPODROMOS
    El Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo 1.o Agregase a la letra a) del artículo 2.o de la ley N.o 5,055, de 12 de Febrero de 1932, el siguiente inciso:
    "El Fisco entregara a la Universidad de Chile para que lo destine al servicio de las Escuelas Universitarias que sostiene o cree en la ciudad de Valparaíso, hasta la cantidad de $ 500.000 anuales deduciéndola de los ingresos que por el capítulo de esta letra percibe el "Valparaíso Sporting Club".
    Artículo 2.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, catorce de Agosto de mil novecientos cuarenta y dos.- JUAN ANTONIO RIOS.- O. Bustos.