Art. 85.- Las Casas-Hogares se dividirán por edades y tendencias de los alumnos o su población, siempre impar, no deberá exceder de veintisiete menores. Cada casa estará a cargo de un matrimonio y contará con comedor, dormitorio, sala de lectura y juegos, cocina, baños y dependencias, un patio cubierto, gimnasio, jardín, huerto y un pequeño gallinero.