Art. 94.- Cada alumno tendrá anualmente derecho a tres mudas de ropa interior, ropa de trabajo, un traje de salida, calzado necesario, traje de gimnasia, y de baño, cama y útiles de aseo.
    Los trajes y en general las prendas de vestir y calzado, podrán ser de diferentes colores, pero deberán ser de la misma calidad y de un modelo tipo, sencillo, sin que nada caracterice condiciones o categorías entre los menores.