DEJA SIN EFECTO RESOLUCION Nº 323 EXENTA, DE 2001
    Santiago, 2 de noviembre de 2001.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 2.977 exenta.- Visto: El DS Nº 167 (V. y U.), de 1986, y sus modificaciones, que regula el Sistema de Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural; la resolución exenta Nº 323, de fecha 8 de febrero de 2001, publicada en el Diario Oficial del 16 de febrero de 2001, modificada por resoluciones exentas Nº 455 y Nº 772 de fechas 2 de marzo y 12 de abril de 2001, publicadas en el Diario Oficial del 12 de marzo y del 21 de abril de 2001, respectivamente, todas ellas de este Ministerio, y.

    C o n s i d e r a n d o:

    a) Que mediante resolución exenta Nº 323, modificada por resoluciones exentas Nº 455 y Nº 772, todas ellas de este Ministerio de 2001, se llamó a inscripción de postulantes para el llamado extraordinario 2001 a postulación a Subsidio Habitacional para la Atención del Sector Rural (Título I), para atender a postulantes del Plan de Desarrollo Indígena de la X Región de Los Lagos.
    b) Que una vez concluido el período de inscripción correspondiente se ha constatado que no se presentaron postulantes a este llamado que cumplan con los requisitos de postulación exigidos por la reglamentación vigente, por lo que ha resultado desierto dicho llamado, dicto la siguiente,

    R e s o l u c i ó n:


    1º.- Déjase sin efecto la resolución exenta Nº 323, modificada por resoluciones exentas Nº 455 y Nº 772, todas ellas de este Ministerio, de 2001, por la causal señalada en el considerando b) de esta resolución.

    Anótese, publíquese esta resolución en el Diario Oficial y archívese.- Sonia Tschorne Berestesky, Ministro de Vivienda y Urbanismo Subrogante.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Héctor López Alvarado, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante.