Artículo 8º.- Los órganos de laLey 18.575
Art. 8º
D.O. 05.12.1986
Ley 19.653
Art. 1º Nº 5
D.O. 14.12.1999 Administración del Estado actuarán por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, o a petición de parte Cuando la ley lo exija expresamente o se haga uso del derecho de petición o reclamo, procurando la simplificación y rapidez de los trámites.
Art. 8º
D.O. 05.12.1986
Ley 19.653
Art. 1º Nº 5
D.O. 14.12.1999 Administración del Estado actuarán por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, o a petición de parte Cuando la ley lo exija expresamente o se haga uso del derecho de petición o reclamo, procurando la simplificación y rapidez de los trámites.
Los procedimientos administrativos deberán ser ágiles y expeditos, sin más formalidades que las que establezcan las leyes y reglamentos.