ENTIDADES RELIGIOSAS DE DERECHO PUBLICO
    José Vergara Villarroel, Notario Público de Magallanes y Antártica Chilena, domiciliado 21 de Mayo 1101 Punta Arenas, certifico: Por escritura pública 11 mayo 2001, rectificada, aclarada y complementada por escritura pública de 12 junio 2001, se redujo Acta Constitución y Estatuto Iglesia Vida Nueva, inscrita en el Registro Público de Entidades Religiosas Ley 19.638, Nº 00103 de 25 junio 2001 con domicilio en ciudad Punta Arenas, calle Angamos 151 y la constituyen: Mario Enrique Acuña Quiroga, Ricardo Mauricio Vera Navarro, Karen Adriana Mansilla Elgueta, Sara Elizabeth Cárdenas Velásquez, José Olegario Sánchez Paredes, Ana Gloria Millalonco Mansilla, Carlos Abelardo Raín Leuquén, María Lucila Almonacid Almonacid, Isaías Segundo Cárdenas Velásquez, Matilde de las Mercedes Rodríguez Leiva, Bernardita del Carmen Oyarzo Velásquez, Mireya del Carmen Marchant Riquelme, Rosa Inés Portales Silva, Marcela Alejandra Velásquez Mella, Susana Beatriz Contreras Barría, José Ernesto Cárdenas Vargas, Gerónimo Valentín Flores Recabarren, Alberto Francisco Soto Flores, Sara Elena Millalonco Mansilla, Cristián Bernardo Parra Nahuelcura, Iris Marlene Millalonco Mansilla, Mario Enrique Haro Mansilla, Faumeliza del Carmen Oporto Levican, Luz Natalia Soto Marchant y Mirta del Carmen Soto Mayorga.- Los principios de Iglesia Vida Nueva, están contenidas en las Sagradas Escrituras (Biblia) que son su regla de fe y práctica, teniendo como objetivo la predicación del Evangelio, enseñanza religiosa, asistencia pastoral y otros.- Los órganos de administración son la: Asamblea Representativa, constituida por los pastores representen congregación y será necesaria asistencia mayoría para tomas acuerdos válidos o mayoría presentes y sus atribuciones: Dictar y sancionar Reglamentos internos, Resolver inversiones fondos, enajenación permuta y gravámenes bienes raíces y conocer apelaciones de personas afectadas por Directorio y el Directorio se formará por mayoría dos tercios asistentes reunión y lo componen ocho miembros, con facultades de representación, presidir Asambleas, velar por Estatutos y Reglamentos.-

    Punta Arenas, 13 noviembre 2001.