OTORGA A EMPRESA ELECTRICA EMEC S.A. CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN IV Y V REGIONES
Núm. 383.- Santiago, 26 de octubre de 2001.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en los artículos 11º y 28º del DFL Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y en la ley Nº 18.410,
D e c r e t o:
Artículo 1º.- Otórgase a la Empresa Eléctrica Emec S.A. concesión definitiva para establecer, operar y explotar, en la IV Región de Coquimbo y V Región de Valparaíso, provincias de Elqui y Petorca, comunas de La Serena, La Higuera, Paihuano y La Ligua, las instalaciones de distribución de energía eléctrica correspondientes a los siguientes proyectos:
Nombre del Proyecto Provincia / Comuna Plano Nº
Línea MT 23 kV y Nueva Elqui/La Serena EEC-8715
S/E 75 kVA 3f Parcelas
Nº 48, 49 y 51 Altovalsol
Red Distribución Loteo Elqui/La Serena EEC-10796
Parcela Nº 16 Sector
Bellavista
Red Distribución Loteo Elqui/La Serena EEC-7209
Santa Ana de Peñuelas
Ampliación Red BT Punta Elqui/La Higuera EEC-7664
de Choros Caleta de
Pescadores
Red Distribución Loteo Elqui/Paihuano EEC-6631
Buena Esperanza Horcón
Electrificación Villa Petorca/La Ligua EEC-13502
Padre Hurtado
Artículo 2º.- El objetivo de estas instalaciones es dar servicio público de distribución de energía eléctrica en las zonas de concesión que se definen en el artículo 8º del presente decreto.
Artículo 3º.- El presupuesto global del costo de las obras ascenderá al total de $48.865.479 (cuarenta y ocho millones, ochocientos sesenta y cinco mil cuatrocientos setenta y nueve pesos).
Artículo 4º.- Copias de los planos generales de las obras, de la memoria explicativa de las mismas y de los demás antecedentes técnicos, que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
Artículo 5º.- No se constituyen servidumbres legales atendido a que las obras sólo utilizarán bienes nacionales de uso público en su recorrido.
Artículo 6º.- Reconócese el derecho a usar bienes nacionales de uso público para atender líneas aéreas y subterráneas destinadas a la distribución en las zonas de concesión, en los términos del artículo 16º del DFL Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, sin perjuicio de las demás autorizaciones que deban ser otorgadas por los organismos competentes.
Artículo 7º.- Las líneas podrán atravesar los ríos, canales, las líneas férreas, puentes, acueductos, cruzar calles, caminos y otras líneas eléctricas. Estos cruzamientos se ejecutarán en conformidad con las prescripciones que establecen los reglamentos, de manera que garanticen la seguridad de las personas y propiedades.
Artículo 8º.- Las zonas de concesión serán las comprendidas dentro de las poligonales que se encuentran demarcadas en las cartas del Instituto Geográfico Militar, Escala 1:50.000, que se indican a continuación para los respectivos proyectos:
Proyecto Línea MT 23 kV y Nueva S/E 75 kVA 3f Parcelas Nº 48, 49 y 51 Altovalsol: Zona de concesión señalada en carta del Instituto Geográfico Militar Nº 2945-7100, La Serena, Escala 1:50.000, según las siguientes coordenadas geográficas UTM:
Vértice Norte (Km) Este (Km)
A 6686,276 295,392
B 6686,443 295,501
C 6685,958 296,250
D 6685,923 296,415
E 6685,402 297,168
F 6685,178 297,334
G 6685,058 297,174
H 6685,334 296,689
I 6686,020 295,800
Proyecto Red Distribución Loteo Parcela Nº 16 Sector Bellavista: Zona de concesión señalada en carta del Instituto Geográfico Militar Nº 2945-7100, La Serena, Escala 1:50.000, según las siguientes coordenadas geográficas UTM:
Vértice Norte (Km) Este (Km)
A 6687,226 289,221
B 6687,080 289,618
C 6686,790 289,498
D 6686,851 289,336
E 6686,197 289,153
F 6686,140 289,127
G 6685,861 289,058
H 6686,084 288,559
I 6686,369 288,631
J 6686,229 288,954
Proyecto Red Distribución Loteo Santa Ana de Peñuelas: Zona de concesión señalada en carta del Instituto Geográfico Militar Nº 2945-7115, Coquimbo, Escala 1:50.000, según las siguientes coordenadas geográficas UTM:
Vértice Norte (Km) Este (Km)
A 6684,935 279,338
B 6684,636 279,949
C 6684,947 280,601
D 6684,947 281,264
E 6685,304 281,437
F 6686,146 280,036
Proyecto Ampliación Red BT Punta de Choros Caleta de Pescadores: Zona de concesión señalada en carta del Instituto Geográfico Militar Nº 2900-7115, Carrizalillo, Escala 1:50.000, según las siguientes coordenadas geográficas UTM:
Vértice Norte (Km) Este (Km)
A 6762,260 261,019
B 6762,131 260,958
C 6762,302 260,608
D 6762,235 260,356
E 6762,331 260,255
F 6762,542 260,333
G 6762,620 260,532
H 6763,016 260,723
I 6762,982 260,929
J 6762,430 260,977
Proyecto Red Distribución Loteo Buena Esperanza Horcón: Zona de concesión señalada en carta del Instituto Geográfico Militar Nº 3000-7015, Pisco Elqui, Escala 1:50.000, según las siguientes coordenadas geográficas UTM:
Vértice Norte (Km) Este (Km)
A 6661,541 357,534
B 6660,175 357,539
C 6660,187 356,933
D 6661,510 356,795
Proyecto Electrificación Villa Padre Hurtado: Zona de concesión señalada en carta del Instituto Geográfico Militar Código 5-04-05-0029-00, La Ligua, Escala 1:50.000, según las siguientes coordenadas geográficas UTM:
Vértice Norte (Km) Este (Km)
A 6408,619 291,091
B 6408,619 291,871
C 6407,903 291,871
D 6407,903 291,091
Artículo 9º.- La presente concesión se otorga en conformidad a lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y queda sometida a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que se dicten en el futuro sobre la materia.
Artículo 10º.- Esta concesión se otorga por plazo indefinido.
Artículo 11º.- El plazo para la iniciación de las obras es de 30 días a partir de la fecha de reducción a escritura pública del presente decreto, y el plazo para su terminación será de 217 días, a contar de la fecha de iniciación de los trabajos de los respectivos proyectos.
Los plazos para la terminación por etapas para cada proyecto serán los siguientes:
Nombre del Proyecto Ejecución
Línea MT 23 kV y Nueva S/E 75 kVA Establecida con
3f Parcelas Nº 48, 49 y 51 permiso
Altovalsol provisorio de SEC
Red Distribución Loteo Parcela Establecida con
Nº 16 Sector Bellavista permiso
provisorio de SEC
Plazo de ejecución
Nombre del Proyecto Etapas (días)
I II III
Red Distribución Loteo Santa Ana 15 10 5
de Peñuelas
Ampliación Red BT Punta de Choros 15 10 5
Caleta de Pescadores
Red Distribución Loteo Buena 25 15 5
Esperanza Horcón
Electrificación Villa Padre 56 42 14
Hurtado
I Etapa : Estacado y montaje de estructuras
II Etapa : Tendido de conductores
III Etapa : Pruebas finales y recepción de obras
Artículo 12º.- El presente decreto deberá ser reducido a escritura pública por el interesado, antes de treinta días contados desde su publicación en el Diario Oficial.
Artículo 13º.- La concesión obliga a su titular a mantener la calidad de servicio y suministro exigido por el ordenamiento jurídico vigente. En consecuencia, mediante decreto supremo fundado podrá decretarse caducada si la calidad del servicio suministrado no corresponde a las exigencias preestablecidas en dicho ordenamiento, o a las condiciones estipuladas en este decreto, a no ser que el concesionario, requerido por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, remediare tales situaciones en los plazos que ésta exija, sin perjuicio de las demás causales de caducidad contempladas en la ley.
Artículo 14º.- El concesionario estará obligado a levantar íntegramente las instalaciones cuando ellas queden inutilizadas para el objetivo de la presente concesión. Esta obligación sólo es válida para aquellas instalaciones que hagan uso de servidumbres legales y las que usen bienes nacionales de uso público.
El levantamiento deberá efectuarse en el plazo máximo de 30 días desde que el concesionario comunique a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles la fecha de retiro del servicio de las instalaciones. Dicha comunicación deberá efectuarse, a más tardar, dentro de los 5 días siguientes al cese del servicio. En caso que el concesionario requiera un plazo mayor para el levantamiento de las instalaciones, deberá solicitarlo a la mencionada Superintendencia para su autorización.
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Lo que transcribe, para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Alvaro Díaz Pérez, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.