Artículo 42.- Créase en la Municipalidad de San Pedro de la Paz un Juzgado de Policía Local.

    Al efecto, modifícase el artículo 2° del decreto con fuerza de ley Nº 6-19.436, de 1996, del Ministerio del Interior, que establece forma de instalación y planta de personal de la Municipalidad de San Pedro de la Paz, incorporando en la planta de "Directivos", un cargo de Juez de Policía Local, grado 5º.