Artículo 95.- Créase en la Municipalidad de Santiago un Juzgado de Policía Local, que se denominará "Quinto Juzgado de Policía Local".
Al efecto, modifícase el artículo 3° del decreto con fuerza de ley Nº 14-19.280, de 1994, del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Santiago, incorporando en la planta de "Directivos", un cargo de Juez de Policía Local, grado 3º; y en la planta de "Profesionales", creando un cargo de Secretario Abogado 5to. Juzgado de Policía Local, grado 5º.