Artículo 1º.- El régimen de prestaciones de crédito social, en adelante el régimen, que podrán establecer las Cajas de Compensación de Asignación Familiar, en adelante las Cajas, en conformidad a lo dispuesto en la ley Nº 18.833, el artículo 16 de la ley Nº 19.539DTO 54, TRABAJO
Art. PRIMERO
Nº 1 a y b)
D.O. 25.03.2008
y elDecreto 7, TRABAJO
Art. 1 Nº 1
D.O. 09.06.2012
artículo 90 de la ley Nº 20.255, se regirá por las disposiciones de dichos cuerpos legales, por el presente reglamento y por el reglamento particular de cada una de las Cajas que establezca el régimen.