Lei núm. 3,356.- Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
"Artículo único.- Prorrógase por un año la autorizacion otorgada a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, por la lei número 3,237, de 5 de Febrero último, para cobrar en moneda corriente las tarifas de la Red Central, siempre que el cambio internacional exceda de diez peniques por peso."
Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a trece de Febrero de mil novecientos dieciocho.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Francisco Landa Z.