Ley núm. 4,683
Por cuanto el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al siguiente
PROYECTO DE LEY:
Artículo único. Concédese, por gracia y por el término de diez años, a doña Efigenia Olivares viuda de Becerra, y a sus hijos menores, el goce de una pensión anual de ($ 4,800) cuatro mil ochocientos pesos.
Y, por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto en todas sus partes como ley de la República.
Santiago, dieciséis de Agosto de mil novecientos veintinueve.- Carlos Ibáñez C.- Guillermo Edwards Matte.