Art. 23. La Hoja de Servicios contendrá los siguientes datos:
    a) Nombre y apellidos del empleado, lugar y fecha del nacimiento y estado civil;
    b) Nombre y apellidos del cónyuge y de los hijos;
    c) Nombre y apellidos de los padres;
    d) Número del carnet de identidad;
    e) Datos relativos al cumplimiento de la Ley de Reclutas y Reemplazos del Ejército y la Armada.
    f) Estudios que haya hecho; grados o títulos obtenidos y cursos de perfeccionamiento que haya seguido;
    g) Cargos y comisiones que haya desempeñado dentro de la Administración;
    h) Los permisos, licencias y feriados;
    i) Traslaciones, permutas y promociones;
    j) Medidas disciplinarias aplicadas; y
    k) El espíritu de cooperación y solidaridad social y, en general, todos los datos que puedan influir favorable o desfavorablemente en el ascenso del empleado.