Art. 23. La Hoja de Servicios contendrá los siguientes datos:
a) Nombre y apellidos del empleado, lugar y fecha del nacimiento y estado civil;
b) Nombre y apellidos del cónyuge y de los hijos;
c) Nombre y apellidos de los padres;
d) Número del carnet de identidad;
e) Datos relativos al cumplimiento de la Ley de Reclutas y Reemplazos del Ejército y la Armada.
f) Estudios que haya hecho; grados o títulos obtenidos y cursos de perfeccionamiento que haya seguido;
g) Cargos y comisiones que haya desempeñado dentro de la Administración;
h) Los permisos, licencias y feriados;
i) Traslaciones, permutas y promociones;
j) Medidas disciplinarias aplicadas; y
k) El espíritu de cooperación y solidaridad social y, en general, todos los datos que puedan influir favorable o desfavorablemente en el ascenso del empleado.