DECRETO N° 4.002, DE 20 DE MAYO DE 1980
    MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
    Fija objetivos, planes y programas de la Educación General Básica, a partir de 1981
    (Publicado en el "Diario Oficial" N° 30.681, de 5 de junio de 1980)
    NUM. 4.002.- Santiago, 20 de mayo de 1980.- Considerando:
    Que el plan y los programas de estudio tienen importancia para mejorar en forma permanente el rendimiento del sistema educacional;
    Que es conveniente revisar periódicamente el plan y los programas de estudio que se aplican en el país;
    Que estas revisiones aconsejan simplificar su formulación y otorgar a la Dirección de los establecimientos educacionales las facultades necesarias para adaptarlos a la realidad en que desarrollan sus funciones educativas, y hacerlos más manejables por el profesor;
    Que corresponde consolidar las modificaciones parciales introducidas al plan y a los programas de estudio de la Educación General Básica en este último tiempo;
    Que es necesario dotar al plan y a los programas de estudio de la suficiente flexibilidad para permitir su adaptación a las necesidades sin efectuar cambios irrelevantes en éstos que provoquen distorsiones en su aplicación.
    Visto: Lo dispuesto en el decreto ley 1 y 128, de 1973; 527, de 1974; decreto 27.952, de 1965; Acta Constitucional N° 3, artículo 1°, N° 13, y en el artículo 72°, N° 2, de la Constitución Política del Estado,
    DECRETO:


    TITULO I De los objetivos de la Educación General Básica Artículo 1° La Educación General Básica tendráDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único A)
D.O. 25.02.1984
como objetivos generales lograr que al egresar, sus educandos se encuentren capacitados para: a) Comprender la realidad en su dimensión personal, social, natural y trascendente. b) Pensar en forma creativa, original, reflexiva, rigurosa y crítica de acuerdo con sus propias posibilidades. c) Continuar el desarrollo de su capacidad física y artística y de su destreza manual. d) Proseguir estudios de nivel medio, en consonancia con sus aptitudes. e) Desempeñarse como persona responsable, consciente de sus deberes y derechos, respetuoso de la dignidad del hombre, con espíritu de tolerancia y comprensión, valores todos que deben destacarse, junto a los valores propios de la sociedad cristiana que forma parte del objetivo nacional del Gobierno de Chile.

    Artículo 2° La Educación General Básica tendráDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único B)
D.O. 25.02.1984
entre otros, los siguientes objetivos específicos que los alumnos deberán alcanzar:
    a) Saber expresarse correctamente en nuestro idioma en forma oral y escrita.
    b) Dominar las cuatro operaciones aritméticas y sus nociones complementarias esenciales.
    c) Conocer sistemática y cronológicamente, con la profundidad que corresponde a este nivel, la Historia y Geografía de Chile.
    d) Conocer con la profundidad que corresponde a este nivel, las nociones elementales de las Ciencias de la Naturaleza.
    e) Lograr un desarrollo físico, artístico y manual concordante con su edad y aptitudes.
    f) Conocer y practicar sus deberes respecto a la comunidad.


    TITULO II Del Plan de Estudios de la Educación General Básica
    ARTICULO 3° La Educación General Básica tendrá
una duración de ocho años de estudio, divididos en dos ciclos de cuatro años cada uno.
NOTA:
    El DTO 144 exento, Educación, publicado el 24.10.1984, complementó los Programas y las Asignaturas de Castellano, Ciencias Naturales, Educación Física y Formación de Hábitos y Actitud Social para Cursos de Educación General Básica.
    Párrafo 1°: del Primer Ciclo de Educación General Básica. Artículo 4° El Plan de Estudio del Primer Ciclo deDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único C)
D.O. 25.02.1984
Educación General Básica consultará treinta (30) clases semanales. Los establecimientos educacionales que trabajen en más de una jornada, podrán reducir el horario semanal a 25 clases. Del número de clases señalado, se destinará una clase diaria a actividades de apoyo pedagógico a los alumnos. En cada jornada se consultará, a lo menos 30 minutos de recreo para los alumnos. En este ciclo cada clase será de 40 minutos, como máximo.

  Artículo 5° El Plan de Estudio del Primer Ciclo deDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único D)
D.O. 25.02.1984
Educación General Básica, comprenderá las siguientes asignaturas y actividades de formación:
    - Castellano
    - Historia y Geografía
    - Idioma Extranjero
    - Matemáticas
    - Ciencias Naturales
    - Artes Plásticas
    - Educación Técnico Manual (1)
    - Educación Técnico Manual y Huertos Escolares (1)
    - Educación Musical
    - Educación Física
    - Religión (optativa para el alumno y la familia)
    - Consejo de Curso (2)
    (1) A contar del 3er. año de Educación General Básica se consultará la asignatura de Educación Técnico Manual y Huertos Escolares. Sin embargo, aquellos establecimientos educacionales que carezcan de las condiciones adecuadas para enseñar la asignatura mencionada, ofrecerán sólo Educación Técnico Manual.
    (2) El Consejo de Curso formará parte del tiempo asignado a la formación de hábitos y actitud social del alumno.


    Artículo 6° El Director del establecimiento,DTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único E)
D.O. 25.02.1984
asesorado por la Unidad Técnico Pedagógica, si la hubiere, y el profesor de curso o profesor jefe, establecerá la distribución de las clases entre las diferentes asignaturas, de acuerdo con las características del curso.
    En todo caso, se asignará a Castellano y a Matemáticas, 5 clases semanales.


    Artículo 7° En los casos en que uno o mas cursos oDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único F)
D.O. 25.02.1984
un grupo de alumnos de un curso, estuvieren significativamente bajo el rendimiento esperado en las asignaturas de Castellano o Matemáticas, se podrá reducir el horario asignado a una o dos asignaturas cuyo rendimiento sea comprobadamente satisfactorio, para destinarlas a reforzar las asignaturas mencionadas.
    Estas decisiones y sus posteriores resultados deberán ser comunicadas a la Dirección Provincial de Educación que corresponda.


    Artículo 8° El Director del establecimiento con laDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único G)
D.O. 25.02.1984
Unidad Técnico Pedagógica, si la hubiere, y el profesor del curso, excepcionalmente podrá aumentar el horario de clases a que se refiere el artículo 4°, para todos o algunos de los cursos del plantel, siempre que existan razones pedagógicas que lo aconsejen y se cuente con profesores y recursos físicos suficientes.


    Artículo 9° La enseñanza de Idioma Extranjero seDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único H)
D.O. 25.02.1984
impartirá en este ciclo, siempre que el establecimiento cuente con docentes idóneos y con los medios materiales adecuados.


    Artículo 10° Se deberá procurar que cada curso deDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único I)
D.O. 25.02.1984
este ciclo sea atendido por un solo profesor, sin perjuicio que las asignaturas de Religión, Educación Física, Artes Plásticas, Educación Técnico Manual, Educación Técnico Manual y Huertos Escolares, según corresponda, Educación Musical e Idioma Extranjero, puedan ser atendidas por profesores especialistas.

    Párrafo 2°: Del Segundo Ciclo de Educación General Básica Artículo 11° El Plan de Estudio de este cicloDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único J)
D.O. 25.02.1984
consultará treinta (30) clases semanales en 5° y 6° año, y treinta y tres (33), en 7° y 8° año. El Director del establecimiento asesorado por la Unidad Técnico Pedagógica, si la hubiere, excepcionalmente podrá aumentar el horario de clases señalado, para todos o algunos de los cursos de este ciclo, siempre que existan razones pedagógicas que lo aconsejen y se cuente con profesores y recursos físicos suficientes. En las asignaturas con más de tres clases semanales, se destinará una clase semanal a estudio dirigido. En cada jornada se consultará a lo menos, 30 minutos para recreo de los alumnos. En este ciclo, la clase semanal será de 45 minutos.

    Artículo 12° El Plan de Estudio del Segundo CicloDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único K)
D.O. 25.02.1984
de Educación General Básica comprenderá las siguientes siguientes asignaturas y actividades de formación:
    - Castellano
    - Historia y Geografía
    - Idioma Extranjero 1 (1)
    - Idioma Extranjero 2 (7° y 8° año de Educación
      General Básica) (1)
    - Matemáticas
    - Ciencias Naturales
    - Artes Plásticas
    - Educación Técnico Manual (2)
    - Educación Técnico Manual y Huertos Escolares (2)
    - Educación Musical
    - Educación Física
    - Religión (optativa para el alumno y la familia)
    - Consejo de Curso (3)
    (1) Los establecimientos educacionales ofrecerán como Idioma Extranjero 1 -Inglés- y como Idioma Extranjero 2 -Francés-. Sin embargo, estos idiomas podrán ser sustituidos por otros, como por ejemplo Alemán, Italiano, etc., en función de las particulares características del plantel o de la región.
    Se podrán exceptuar de impartir la enseñanza de idiomas extranjeros, previa calificación de la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Educación, las escuelas rurales, las escuelas básicas incompletas y otras que no posean los recursos apropiados. Las escuelas exceptuadas deberán distribuir las clases correspondientes entre las restantes asignaturas del plan de estudio.
    (2) Los establecimientos educacionales que carezcan de las condiciones adecuadas para impartir la enseñanza de la asignatura de Educación Técnico Manual y Huertos Escolares, ofrecerán sólo Educación Técnico Manual.
    (3) El Consejo de Curso formará parte del tiempo asignado a la formación de hábitos y actitud social del alumno.


    Artículo 13° El Director del establecimiento, conDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único L)
D.O. 25.02.1984
la Unidad Técnico Pedagógica, si la hubiere, y el profesor jefe de curso, establecerá la distribución de las clases entre las distintas asignaturas, debiendo asignar, a lo menos, seis (6) clases semanales a Castellano; cinco (5) a Matemática y cuatro (4) a Historia y Geografía.
    En los casos en que uno o más cursos, o un grupo de alumnos de un curso estuvieren bajo el nivel mínimo de rendimiento establecido en las asignaturas de Castellano o Matemática, el profesor podrá reducir el horario asignado a una o dos asignaturas, cuyo rendimiento sea comprobadamente satisfactorio, para destinarlo a reforzar las asignaturas mencionadas.
    Estas decisiones y sus posteriores resultados deberán ser comunicadas a la Dirección Provincial de Educación que corresponda.


    Artículo 14° En 5° y 6° año se programará elDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único M)
D.O. 25.02.1984
trabajo escolar por asignaturas independientes o por conjuntos de asignaturas que presentan afinidad y que puedan ser servidas por un solo profesor, según lo determine el Director del establecimiento asesorado por la Unidad Técnico Pedagógica, si la hubiere, y el Profesor Jefe.


    Artículo 15° La enseñanza de Idioma Extranjero seDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único N)
D.O. 25.02.1984
impartirá en 5° y 6° año de Educación General Básica, siempre que el establecimiento cuente con docentes idóneos y con los medios materiales adecuados.
    El 7° y 8° año de Educación General Básica, las asignaturas de Idioma Extranjero 1 e Idioma Extranjero 2, serán obligatorias, asignándoseles dos clases semanales a cada una.


    ARTICULO 16° En 7° y 8° año de Educación GeneralDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único Ñ)
D.O. 25.02.1984
Básica, las asignaturas de Educación Musical, Artes Plásticas, Educación Técnico Manual o Educación Técnico Manual y Huertos Escolares, en su caso, tendrán carácter obligatorio, asignándoseles 2 clases semanales a cada una de ellas.
    INCISO 2° DEROGADODTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único O)
D.O. 25.02.1984


    Artículo 17° El trabajo escolar en 7° y 8° año deDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único P)
D.O. 25.02.1984
Educación General Básica se programará por asignatura, cuya enseñanza será impartida, en lo posible, por profesores titulados en la asignatura o en Educación General Básica con la mención o especialización correspondiente.


    Artículo 18° El plan de estudio establecido en elDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único Q) y R)
D.O. 25.02.1984
presente decreto, es el mínimo obligatorio que deben cumplir los establecimientos de Enseñanza General Básica, que no se ciñen a planes especiales aprobados por el Ministerio de Educación Pública.

    TITULO II De los programas de estudio Artículo 19° Los programas comunes para todo elDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único V)
D.O. 25.02.1984
país, aseguran la uniformidad mínima necesaria de los estudios de los educandos. Al mismo tiempo deben usarse como guías de aprendizaje, adaptables a la realidad de las distintas escuelas. Están organizados secuencialmente, de acuerdo a la estructura de niveles de la Educación General Básica. Sin embargo, ello no indica que los objetivos de cada programa deben cumplirse necesariamente en el año. El programa no establece un porcentaje de objetivos como mínimo o como máximo exigible. El Director con la Unidad Técnica del establecimiento y el profesor jefe de curso, determinará el grado en que deban alcanzarse los objetivos del programa de acuerdo a la realidad de cada curso. En todo caso debe tenerse presente que deberán obtenerse al menos los objetivos terminales mínimos de la Educación General Básica fijados en el artículo 2°. Los programas de estudio que aprueban se han formulado, en su mayoría en forma de objetivos, con el fin de estimular la iniciativa, la creatividad y la originalidad del profesor en el desarrollo de los mismos.

    ARTICULO 20° La programación del trabajo de cadaDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único U) y V)
D.O. 25.02.1984
curso la llevará a cabo el profesor, de acuerdo con la realidad del curso y lo expuesto en el artículo anterior, y deberá someterla a la aprobación de la Unidad Técnica del establecimiento, si la hubiere, o del Director de la escuela en su defecto.


    ARTICULO 21° Los Programas del Primer ciclo seDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único V)
D.O. 25.02.1984
organizarán en bienios, con el objeto de dar el máximo de flexibilidad al profesor para su tratamiento. Aparecen separados por asignaturas para los efectos de su presentación, lo que no significa una indicación metodológica para su desarrollo.


    ARTICULO 22° Los Programas del Segundo cicloDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único V)
D.O. 25.02.1984
estarán organizados anualmente y presentados por asignaturas. Ello no constituye una exigencia metodológica, sino un recurso para lograr mayor claridad en su exposición.


    Artículo 23° Apruébanse los siguientes extractosDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único S) y V)
D.O. 25.02.1984
de los programas de estudio de las asignaturas y actividades de formación que se indican: Castellano; Historia y Geografía; Matemática; Ciencias Naturales; Idiomas Extranjeros: Inglés; Francés y Alemán; Artes Plásticas; Educación Musical; Educación Técnico Manual; Educación Técnico Manual y Huertos Escolares; Educación Física, y Formación de Hábitos y Actitud Social del Alumno.
    INCISO 2°. DEROGADODTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único T)
D.O. 25.02.1984

      PROGRAMAS DE ESTUDIO
    CASTELLANO
    Objetivos generales
    1er. Ciclo:
    1.- Desarrollar la capacidad de escuchar.
    2.- Desarrollar la capacidad de hablar.
    3.- Desarrollar la capacidad de leer.
    4.- Desarrollar la capacidad de escribir.
    5.- Estimular el interés por la literatura y la creación.
    6.- Desarrollar la capacidad de usar patrones ortográficos del idioma.
    7.- Desarrollar la capacidad para identificar las nociones básicas de la estructura de la lengua.
    8.- Desarrollar la capacidad de enriquecer su propio vocabulario.
    2° Ciclo:
    1.- Desarrollar la habilidad para utilizar adecuadamente la lengua materna tanto en su forma oral como escrita.
    2.- Desarrollar la habilidad para comprender, valorar y crear textos literarios.
    3.- Desarrollar la capacidad para reconocer las estructuras de la lengua e identificar sus funciones.
    4.- Escribir respetando la ortografía literal, acentual y puntual.
    IDIOMA EXTRANJERO: ALEMAN
    Objetivos generales
    1.- Dominar el idioma oral de modo que el alumno sea capaz de saludar, invitar, preguntar y responder, informar, felicitar, expresar deseos y estados de ánimo o de salud, dar órdenes y explicaciones, disculparse, etc.; interactuando en diálogos sencillos que correspondan a situaciones del diario vivir y que impliquen el uso de estructuras simples.
    2.- Dominar el idioma escrito de modo que el alumno sea capaz de leer comprensivamente textos sencillos que le permitan informarse y estudiar de acuerdo con sus necesidades e intereses.
    3.- Apreciar diferentes aspectos de la cultura de los países de habla alemana; aprender a satisfacer necesidades personales utilizando el idioma alemán en actividades de esparcimiento (ver películas, leer, cantar, asistir a charlas); valorar el aporte cultual alemán en Chile.
    IDIOMA EXTRANJERO: FRANCES
    Objetivos generales
    1.- Escuchar y discriminar sonidos de la lengua francesa.
    2.- Escuchar comprensivamente ciertos enunciados en francés fundamental.
    3.- Expresarse utilizando los elementos lexicales, morfosintácticos y fonológicos contenidos en canciones, poemas cortos, diálogos, "comptines".
    4.- Escribir lo que ya se ha ejercitado en forma oral.
    5.- Desarrollar la habilidad para leer comprensivamente textos sencillos y en los que especialmente aparezcan estructuras y léxico ya estudiados.
    6.- Interesarse por el idioma y por el conocimiento de algunos aspectos de la civilización francesa.
    7.- Apreciar los valores e ideales que contienen los aspectos culturales de Francia.
    IDIOMA EXTRANJERO: INGLES
    Objetivos generales
    1.- Los alumnos serán capaces de expresar deseos y emociones; requerir y dar información e intercambiar ideas en forma oral, interactuando diálogos en situaciones que digan relación con las funciones básicas del idioma inglés.
    2.- Los alumnos serán capaces de comprender textos escritos en inglés, que digan relación con sus intereses y necesidades, realizando actividades orales y escritas que no impliquen traducción.
    3.- Apreciar los valores de la cultura anglo-sajona, como un medio de conocerse a sí mismo y el mundo que los rodea.
    4.- Aprender a utilizar el tiempo libre y de esparcimiento en actividades que contemplen el idioma inglés en su forma oral y escrita y que conduzcan a su realización personal (vgr. canciones, películas, noticiarios, literatura, conferencias, etc.).
    MATEMATICAS
    Objetivos generales
    1er. Ciclo:
    1.- Conocer las nociones básicas y elementales sobre conjuntos necesarias para la formación del concepto de número.
    2.- Conocer los números hasta el 999.999.
    3.- Comprender el sistema de numeración usado en Chile.
    4.- Resolver en forma oral y escrita ejercicios de adición y sustracción en el ámbito numérico conocido y aplicarlo a la resolución de problemas.
    5.- Resolver ejercicios de multiplicación y división hasta 9.999, y aplicarlos a la resolución de problemas.
    6.- Conocer el significado en expresiones fraccionarias y resolver adiciones y sustracciones de fracciones comunes de igual denominador.
    7.- Conocer el significado de expresiones fraccionarias decimales y resolver adiciones y sustracciones con números decimales.
    8.- Conocer y establecer equivalencias entre unidades de medidas estandarizadas.
    9.- Conocer e identificar polígonos, poliedros y cuerpos redondos.
    2° Ciclo:
    1.- Conocer el conjunto de los números enteros y efectuar las operaciones básicas con ellos, aplicando sus propiedades.
    2.- Conocer el conjunto de los números racionales y efectuar las operaciones básicas con ellos, aplicando sus propiedades (fracciones).
    3.- Conocer y aplicar el concepto de proporcionalidad.
    4.- Conocer elementos de Geometría del plano y del espacio.
    5.- Conocer unidades de longitud, superficie y volumen con sus respectivas equivalencias y usarlas en mediciones directas.
    6.- Conocer unidades de medición de ángulos y usarlas en mediciones directas.
    7.- Conocer y aplicar elementos de Estadística descriptiva.
    HISTORIA Y GEOGRAFIA
    Objetivos generales
    1er. Ciclo:
    1.- Identificar las actividades y roles de los miembros del grupo familiar, escolar; identificar los organismos e instituciones de la comunidad local y conocer las funciones que realizan, conocer los oficios, las profesiones y el aporte que para el desarrollo de la humanidad han hecho hombres de diferentes oficios y profesiones.
    2.- Conocer los símbolos patrios, las efemérides nacionales principales y las figuras más relevantes de la historia patria.
    3.- Conocer los rasgos más relevantes de la Geografía de Chile.
    4.- Desarrollar una actitud de respeto y lealtad por sus principios y valores de nuestro patrimonio histórico nacional; desarrollar actitudes de responsabilidad, respeto y aprecio hacia las leyes y normas que hacen posible la convivencia humana.
    2° Ciclo:
    1.- Conocer y comprender la Historia Universal, con una profundidad compatible con la educación básica, de modo que ayude a comprender mejor nuestra historia patria.
    2.- Conocer y comprender nuestra historia patria.
    3.- Conocer con la profundidad que sea deseable la geografía patria en sus múltiples aspectos.
    4.- Conocer las nociones básicas de educación cívica que configuran nuestra institucionalidad.
    5.- Conocer las nociones básicas de economía que operan en el funcionamiento económico de un país.
    CIENCIAS NATURALES
    Objetivos generales
    1er. Ciclo:
    1.- Desarrollar habilidad para recopilar, comparar, cuantificar y entregar datos.
    2.- Comprender que en la naturaleza existe una gran variedad de seres vivos, que cambian constantemente y que presentan características estructurales comunes.
    3.- Apreciar que el hombre al igual que los demás seres vivos, experimenta cambios de desarrollo en el transcurso del tiempo y considerar que la alimentación es un factor importante de dicho proceso.
    4.- Conocer las propiedades fundamentales de la materia y sus cambios.
    5.- Comprender que la Tierra y la Luna tienen movimientos característicos y apreciar sus consecuencias. (Relacionar con Geografía).
    2° Ciclo:
    1.- Desarrollar en el alumno los procesos cognoscitivos específicos que le permitan conocer y expresar, al nivel propio de su edad, los conceptos fundamentales de las Ciencias de la Naturaleza.
    2.- Conocer y comprender nociones fundamentales de ecología y su importancia para la vida del hombre.
    3.- Conocer y comprender el organismo humano desde el punto de vista biológico.
    4.- Conocer y comprender nociones elementales de química y física.
    5.- Conocer y comprender nociones elementales del sistema solar, del clima y de la constitución de los suelos.
    ARTES PLASTICAS
    Los objetivos generales de esta asignatura son:
    1.- Desarrollar la capacidad, habilidad y destreza para observar, imaginar y expresar lo observado e imaginado.
    2.- Desarrollar la capacidad de expresión libre y personal en el campo de las artes plásticas.
    3.- Desarrollar la capacidad y destreza básica para dibujar y pintar al natural.
    4.- Desarrollar la capacidad básica para utilizar el color y conocer los elementos de la teoría del color.
    5.- Desarrollar el hábito de trabajo en equipo y en grupo.
    6.- Desarrollar la capacidad para disfrutar y gozar con la contemplación de las obras maestras de la plástica universal y nacional.
    EDUCACION TECNICO MANUAL
    Objetivos generales
    1er. Ciclo:
    1.- Conocer diferentes materiales, susceptibles de ser transformados en elementos útiles al hombre.
    2.- Aplicar en materiales conocidos técnicas básicas para su transformación, a través de trabajos sencillos.
    3.- Desarrollar la precisión a través de la ejercitación de técnicas ya conocidas.
    4.- Reforzar hábitos de orden, limpieza y economía en el trabajo con diversos materiales.
    2° Ciclo:
    1.- Desarrollar habilidades y destrezas en el manejo de herramientas y útiles de acuerdo a las características del desarrollo ya logradas.
    2.- Conocer y comprender nociones de puericultura y alimentación.
    3.- Aprender la importancia de la producción, explotación y elaboración a nivel nacional de los diferentes materiales utilizados en la asignatura.
    4.- Valorar la actividad manual y los beneficios que ésta aporta a la sociedad.
    EDUCACION MUSICAL
    Objetivos generales
    1er. Ciclo:
    1.- Lograr un acercamiento a la música, preferentemente sensible, a través de la expresión vocal, instrumental, corporal, y por medio de la audición dirigida de un repertorio adecuado a su etapa de desarrollo y a sus intereses.
    2.- Desarrollar una actitud sensible y crítica respecto a los estímulos provenientes del entorno, con el objeto de apreciar la belleza del marco cotidiano y evitar su progresiva contaminación sonora.
    2° Ciclo:
    1.- Comprender y utilizar expresivamente los elementos básicos de la música y sus formas de organización (sonido, ruido, silencio, ritmo, melodía, armonía, forma y recursos expresivos) a través de la interpretación y aplicación integrada de ellos en canciones del repertorio docto, popular y folklórico.
    2.- Sensibilizarse en forma activa frente al fenómeno musical en sus extractos docto, popular y folklórico, como consecuencia de una apreciación analítica progresiva.
    3.- Incorporar los elementos ya conocidos en el estudio sistemático de las manifestaciones folklóricas nacionales y latinoamericanas, considerando los factores socioculturales que las condicionan.
    EDUCACION FISICA
    Objetivos generales
    1er. Ciclo:
    Al término del Primer ciclo el alumno debe ser capaz de:
    1.- Responder a estímulos sensoriales.
    2.- Mantener una postura y una respiración adecuada.
    3.- Realizar coordinaciones óculo manuales y de tipo general (saltos, carreras, lanzamientos, trepas y equilibrios).
    4.- Realizar algunas destrezas básicas, como voltear adelante y atrás, pararse en dos manos con ayudante, etc.
    5.- Ubicarse en el tiempo y en el espacio, interpretando estructuras rítmicas.
    6.- Participar en actividades recreativas intra y extramuros.
    2° Ciclo:
    Al término del Segundo ciclo básico, el alumno será capáz de:
    1.- Demostrar dominio de su cuerpo a través de las siguientes actividades de coordinación general y específica: rebotes simétricos y asimétricos con y sin desplazamiento; rebotes simétricos y asimétricos con giros; vencer obstáculos que incluyan saltos, lanzamientos, cambios de velocidades y apreciación de distancias y, realizar ejercicios de agilidad, equilibrio, suspensión y trepa.
    2.- Ejecutar danzas folklóricas nacionales. A lo menos una del norte, una del centro, una del sur y la cueca.
    3.- Jugar de acuerdo a las técnicas básicas, a lo menos 3 deportes colectivos y dos individuales.
    4.- Demostrar un buen funcionamiento del sistema cardio-vascular y respiratorio, medido a través de un test específico.
    5.- Lograr una actitud positiva en las prácticas educativo-físicas y de interacción social.
    6.- Participar activamente en diversas actividades educativo-físicas de libre elección y creación.
    7.- Lograr una postura corporal correcta.
    FORMACION DE HABITOS Y ACTITUD SOCIAL DEL ALUMNO
    Los objetivos generales son:
    1.- Organizar en la escuela la aplicación sistemática del programa de Formación, para reforzar los valores que tradicionalmente ha hecho hincapié nuestro sistema educacional.
    2.- Lograr la personalización de los objetivos para cada niño, a través de la entrevista personal con el niño y con su familia, del profesor jefe.
    3.- Desarrollar las siguientes unidades de Formación de valores básicos a través de la Educación General Básica.
    - Desarrollo de la personalidad.
    - Compañerismo.
    - Valores sociales de convivencia.
    - Trabajo. Laboriosidad. Estudio.
    - Vacaciones de Verano.
    - Educación de la libertad.
    - Conocimiento de sí mismo.
    - Orientación vocacional.
    - Valores básicos de la persona.

    TITULO IV Disposiciones finales ARTICULO 24° El Plan de estudios aprobado por elDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único V)
D.O. 25.02.1984
presente decreto entrará en vigencia para la educación física y particular el año 1981. Los programas de estudio entrarán en vigencia de acuerdo al siguiente calendario: a) 1°, 2° y 5° año Educación General Básica a partir de 1981. b) 3°, 4° y 6° año Educación General Básica a partir de 1982. c) 7° año Educación General Básica a partir de 1983. d) 8° año Educación General Básica a partir de 1984. No obstante lo anterior, las escuelas fiscales y particulares podrán aplicar los programas antes de las fechas estipuladas.

    ARTICULO 25° El Ministerio de Educación, porDTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único V)
D.O. 25.02.1984
intermedio de la Revista de Educación, órgano oficial técnico de este Ministerio, publicará in extenso el texto completo de los programas de estudio, e impartirá las normas para la adecuada aplicación del presente decreto.

    TITULO IV
    {Arts. 26-28} Disposiciones finales Artículo 26°- El Plan de estudios aprobado por el presente decreto entrará en vigencia para la educación fiscal y particular el año 1981.
    Los programas de estudio entrarán en vigencia de
acuerdo al siguiente calendario:
a) 1°, 2° y 5° año Educación General Básica a partir
  de 1981.
b) 3°, 4° y 6° año Educación General Básica a partir
    de 1982.
c) 7°          año Educación General Básica a partir
    de 1983.
d) 8°          año Educación General Básica a partir
    de 1984.
No obstante lo anterior, las escuelas fiscales y particulares podrán aplicar los programas antes de las fechas estipuladas.

    Artículo 27°- El Ministerio de Educación, por intermedio de la Revista de Educación, órgano oficial técnico de este Ministerio, publicará in extenso el texto completo de los programas de estudio, e impartirá las normas para la adecuada aplicación del presente decreto.


  ARTICULO 28º DEROGADODTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único U)
D.O. 25.02.1984

NOTA:
    La letra V) del artículo único del DTO 6 exento, Educación, publicado el 25.02.1984, modificó la enumeración de los artículos 21 a 27, que pasaron a ser 19 a 25 respectivamente. Por tanto los artículos 26 y 27 desaparecen de la numeración.

    ARTICULO 29º DEROGADODTO 6 EXENTO,
EDUCACION
Art. único U)
D.O. 25.02.1984

    Anótese, tómese razón, publíquese e insértese en la Recopilación de Leyes y Reglamentos de la Contraloría General de la República.- Por orden del Presidente de la República, Alfredo Prieto.