Artículo 23 D. Los ejemplares de Salmo salar que sean trasladados desde centros de reproducción a piscicultura, deberán permanecer en ella al menos un año antes de ser Decreto 56, ECONOMIA
Art. UNICO Nº 33
D.O. 13.09.2011
desovados. Los ejemplares de Oncorhynchus mykiss que sean trasladados desde centros de reproducción a piscicultura, deberán permanecer en ella al menos seis meses antes de ser desovados. El Servicio establecerá un plan de muestreo sanitario durante el periodo previo al desove en el programa sanitario de reproducción.

    El Servicio podrá autorizar el desove de un grupo de reproductores antes de los plazos señalados precedentemente, si se acredita la maduración temprana, en forma natural o no programada, de dicho grupo mantenido en piscicultura.

    Todos Decreto 123, ECONOMÍA
Art. 1 N° 1
D.O. 17.12.2020
los traslados de ejemplares a que se refiere el presente párrafo, deberán cumplir con las condiciones sanitarias y certificaciones que establezca el Servicio en los programas sanitarios a los que se hace referencia en el Título IV del reglamento.

    Se Decreto 157, ECONOMÍA
Art. 1 N° 5
D.O. 18.01.2019
prohíbe el traslado de las especies del grupo Salmónidos desde centros de engorda emplazados en mar hacia pisciculturas, independientemente del fin. Excepcionalmente, se autorizará el traslado indicado para rescatar alguna característica fenotípica de interés, lo cual deberá ser autorizado por la Subsecretaría como una actividad de experimentación, sin que se pueda superar la cantidad de 1.000 ejemplares.

    Se prohíbe el desarrollo de pruebas o desafíos de campo relacionadas con materias sanitarias en centros de reproducción. Solo se autorizará la realización de ensayos que no presenten riesgos sanitarios ni ambientales sometiéndose a las exigencias de las actividades de experimentación.

    Cuando un centro de reproductores retome actividades de cultivo diferentes a la reproducción, antes de realizar la siembra de nuevos ejemplares, deberá cumplir con lo establecido en el artículo 23 R y someterse al descanso coordinado de la agrupación de concesiones de la que forme parte.