OTORGA CALIDAD DE AGENTE RETENEDOR DE IVA EN COMPRAS DE LEGUMBRES A SOCIEDAD DESHIDRATADORA LA PAZ LIMITADA Santiago, 23 de noviembre de 1995.- Hoy se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 4.752 exenta.- Vistos y Considerando:
El escrito de 21 de marzo de 1994, presentado por Don Alberto Danioni Bernasconi en representación de Sociedad Deshidratadora La Paz Limitada, ambos con domicilio en esta ciudad, Santa Elena N° 1924, mediante el cual señala cumplir con los requisitos del N° 12 de la parte dispositiva de la Res. N° Ex. 3.707, de 24-08-94, prorrogada su vigencia por la Resolución N° 4.212, de 28 de agosto de 1995, por lo que solicita se le otorgue la calidad de agente retenedor de IVA en las compras de legumbres.
1°) Que, al respecto se emitió el Informe N° 239, de 6 de noviembre de 1995, del Departamento de Fiscalización de esta Dirección Regional, en el que se deja constancia que el contribuyente Sociedad Deshidratadora La Paz Limitada, Rut N° 78.238.910-6, cumple con lo ordenado en el dispositivo N° 12 de la Resolución N° Ex. 3.707, 24 de Agosto de 1994, prorrogándose su vigencia mediante Resolución N° Ex.
4.212, de 28 de Agosto de 1995, hasta el 31 de agosto de 1996, y
Considerando, además, lo dispuesto en el artículo 6°, letra B) N° 5 del Código Tributario.
R e s u e l v o :
Ha lugar a lo solicitado.
Otórgase la calidad de agente retenedor en las compras de legumbres a Sociedad Deshidratadora La Paz Limitada, RUT N° 78.238.910-6.
La vigencia de la presente resolución será a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y hasta el 31 de agosto de 1996.
La empresa peticionaria deberá publicar íntegramente la presente resolución en el Diario Oficial, por su cuenta y costo.
Anótese, comuníquese y notifíquese.- Por orden del Director Nacional, Hugo Horta Barahona, Director Regional.