ARTICULO 4° La petición de nacionalización seLEY 18005
ART UNICO c)
presentará en la Intendencia Regional o Gobernación Provincial del lugar de residencia del solicitante. Los residentes en la Región Metropolitana de Santiago la presentarán directamente en el Ministerio del Interior.
    La solicitud deberá contener, a lo menos, los siguientes datos:
    1) Nombres y apellidos paterno y materno;
    2) Lugar de nacimiento;
    3) Edad;
    4) Estado civil, con indicación de la nacionalidad del cónyuge si el solicitante es casado;
    5) Número de hijos, con especificación de los nacidos en Chile;
    6) Profesión u oficio;
    7) Bienes raíces que posee el solicitante, y
    8) Si se ha naturalizado en otro país.
    A la solicitud de carta de nacionalización deberá acompañarse los siguientes documentos:
    1) Certificado del Cónsul o Agente Diplomático de su país, acreditado en Chile, que certifique la nacionalidad e identidad del solicitante, o en su defecto, el último pasaporte extranjero o los documentos de identidad personal que hubieren otorgado las autoridades de su país de origen o las del país de su última residencia antes de venir a Chile;
    2) Certificado de antecedentes expedido por el Gabinete Central de Identificación, que deberá ser considerado entre aquellos que el Servicio otorga para fines especiales, y
    3) Certificado del Servicio de Impuestos Internos que acredite, según el caso, que el solicitante está al día en el pago de las obligaciones tributarias o que está legalmente exento de ellas.