ARTICULO 4° La petición de nacionalización seLEY 18005
ART UNICO c) presentará en la Intendencia Regional o Gobernación Provincial del lugar de residencia del solicitante. Los residentes en la Región Metropolitana de Santiago la presentarán directamente en el Ministerio del Interior.
ART UNICO c) presentará en la Intendencia Regional o Gobernación Provincial del lugar de residencia del solicitante. Los residentes en la Región Metropolitana de Santiago la presentarán directamente en el Ministerio del Interior.
La solicitud deberá contener, a lo menos, los siguientes datos:
1) Nombres y apellidos paterno y materno;
2) Lugar de nacimiento;
3) Edad;
4) Estado civil, con indicación de la nacionalidad del cónyuge si el solicitante es casado;
5) Número de hijos, con especificación de los nacidos en Chile;
6) Profesión u oficio;
7) Bienes raíces que posee el solicitante, y
8) Si se ha naturalizado en otro país.
A la solicitud de carta de nacionalización deberá acompañarse los siguientes documentos:
1) Certificado del Cónsul o Agente Diplomático de su país, acreditado en Chile, que certifique la nacionalidad e identidad del solicitante, o en su defecto, el último pasaporte extranjero o los documentos de identidad personal que hubieren otorgado las autoridades de su país de origen o las del país de su última residencia antes de venir a Chile;
2) Certificado de antecedentes expedido por el Gabinete Central de Identificación, que deberá ser considerado entre aquellos que el Servicio otorga para fines especiales, y
3) Certificado del Servicio de Impuestos Internos que acredite, según el caso, que el solicitante está al día en el pago de las obligaciones tributarias o que está legalmente exento de ellas.