MODIFICA CONCESION DE SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA EN MINIMA COBERTURA A COMUNICACIONES DEL VALLE LIMITADA

    Santiago, 12 de diciembre de 2001.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

    Núm. 609.- Vistos:

a)  El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
b)  La ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.
c)  El número 1º del artículo 3º del párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
d)  El decreto supremo  Nº 513 de 20.09.2000, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.

    Considerando:

a)  La solicitud de modificación  ingreso Subtel Nº 12.517 de 07.02.2001, complementada por la nota ingreso Subtel Nº 20.338 de 29.05.2001,
b)  Que no se presentaron oposiciones a la publicación del extracto de modificación solicitada.

    D e c r e t o:

    1. Modifícase, la concesión de Servicio de Radiodifusión Sonora en mínima cobertura, señal distintiva XQB-272, para la comuna de Alhué, cuyo titular es la sociedad Comunicaciones Del Valle Limitada, RUT Nº 77.152.820-1, con domicilio en Barros Nº 653, Melipilla, Región Metropolitana, mediante decreto supremo enunciado en la letra d) de los Vistos, en los términos que se indican.
    2. Apruébase íntegramente el proyecto técnico presentado por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio y la planta transmisora, en los términos que se señalan.

    Las características técnicas de la concesión y ubicación de las instalaciones, incluida la modificación, quedarán en definitiva como sigue:

De las características técnicas principales

- Frecuencia                : 107,9 MHz.
- Potencia                  : 1 W.
- Tipo de emisión            : 180KF8EHF.
- Desviación máxima          : ±75 KHz.

Del sistema radiante

- Diagrama de radiación      : Omnidireccional.
- Polarización              : Vertical.
- Tipo de antena            : Dipolo de media onda.
- Nº de antenas              : 1.
- Ganancia antena            : 0 dBd.
- Altura centro de radiación : 6 metros.
- Altura de la torre        : 6 metros.

De la ubicación de las instalaciones

Estudio y Planta Transmisora

- Dirección                  : Chorrillos s/nº,
                              Alhué, Región
                              Metropolitana.
- Coordenadas Geográficas    : 34°01'28" Latitud Sur;
                              71°05'55" Longitud Oeste.

    4. La publicación del presente decreto de modificación en el Diario Oficial deberá efectuarse dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde la notificación del decreto a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna.
    5. El plazo para iniciar la construcción de las obras será de 1 día y para su término de 5 días. Asimismo, el plazo para iniciar el servicio será de 35 días.
    6. La concesionaria no podrá iniciar sus servicios, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría; para estos efectos deberá solicitar, por carta certificada, que se verifique que dichas obras e intalaciones se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan al proyecto aprobado.
    7. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos y normas técnicas, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Carlos Cruz Lorenzen, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Edgardo Mimica Miranda, Jefe División Concesiones.