Art. 22. Los Directores Provinciales tomarán como base estos programas para proponer al Director General de Educación Primaria, las adaptaciones de la enseñanza a las condiciones regionales y locales.
    Para mantener los programas adaptados a las condiciones del país y a los adelantos pedagógicos, la Dirección General, por medio de su Departamento Técnico, y como medida de carácter permanente, recogerá las observaciones que sobre ellos se formulen y estudiará los resultados de su aplicación, y propondrá en su oportunidad las modificaciones que sean necesarias.