MODIFICA DECRETO Nº 516, DE 1998, QUE ESTABLECE REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL DE LA SUBSECRETARIA DE PESCA
Núm. 432.- Santiago, 18 de diciembre de 2001.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº8 de la Constitución Política de la República; la Ley Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado Nº18.575; la ley 19.165; el DFL Nº1 de 1992; el DS Nº516 de 1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
D e c r e t o:
Artículo 1º: Modifícase el decreto supremo Nº516 de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción en el siguiente sentido:
a) Agrégase el siguiente artículo 1º Bis:
"Deberán capacitarse a los precalificadores al menos una vez durante el período calificatorio señalado en el artículo 9 y con 15 días de anticipación a la constitución de la Junta Calificadora."
b) Suprímese en los artículos 2, 4, en el inciso 4º del artículo 9, en la letra b) del artículo 10 y en el artículo 11 la expresión "cuatrimestrales".
c) Sustitúyese el inciso 2º del artículo 9 por el siguiente:
"Los funcionarios precalificadores, con el objeto de cumplir con dicha obligación principal, conservando la debida garantía de los derechos funcionarios, emitirán dos informes de desempeño del personal de su dependencia, que será incluido en su respectiva hoja de vida e informado, mediante entrevista, al interesado. El primer informe comprenderá el período desde el 1 de septiembre hasta el 28 ó 29 de febrero y el segundo desde el 1 de marzo hasta el 15 de agosto.
Los informes deberán ser confeccionados dentro de los primeros cinco días del mes siguiente a los períodos antes establecidos.
d) Reemplázase en el inciso 3º del artículo 9 la expresión "tres días" por "diez días".
e) Suprímese en la letra a) del artículo 10 la expresión "cuatrimestral".
Anótese, tómese razón, publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.-
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Felipe Sandoval Precht, Subsecretario de Pesca.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica
Cursa con alcance decreto Nº432 de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
Nº4.756.- Santiago, 1 de febrero de 2002.-
Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que modifica el reglamento especial de calificaciones del personal de la Subsecretaría de Pesca, en el entendido que sus disposiciones se aplicarán a partir del período de desempeño funcionario que debe iniciarse, conforme con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley Nº18.834, a contar del 1º de septiembre de 2002.
Con el alcance que antecede se ha tomado razón del decreto del epígrafe.
Dios guarde a US.- Gustavo Sciolla Avendaño, Contralor General de la República Subrogante.
Al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción Presente