Artículo Decreto 2, CULTURAS
Art. segundo
D.O. 17.03.2026102. La Sección abrirá una matrícula para el mejor conocimiento y control de sus lectores, y éstos deberán ser presentados al establecimiento por sus padres o apoderados.
Art. segundo
D.O. 17.03.2026102. La Sección abrirá una matrícula para el mejor conocimiento y control de sus lectores, y éstos deberán ser presentados al establecimiento por sus padres o apoderados.